Sin duda, la democracia lo que más alienta es la competencia de ideas como el medio imprescindible que hace que todos hayan de escucharse, a partir del convencimiento -asumido también por todos- de que decidir mediante la mayoría es la forma más justa e imparcial de hacerlo. De ahí que principal tarea de cualquier poder público o institución sea la de inculcar que “escuchar a la otra parte” contribuye a construir una democracia más participativa y “deliberativa”. La democracia moderna descansa sobre los partidos políticos, cuya significación crece con el fortalecimiento del principio democrático que junto a la vigencia del de separación de poderes, son los medios necesarios de los que Disponemos para lograr que los desacuerdos en torno a las cuestiones más importantes que ordenan la política pública, puedan resolverse mediante el debate racional cuidadosamente estructurado en la participación activa de los ciudadanos.
Sin embargo, qué difícil resulta trasladar este elemental principio a las interioridades de nuestras organizaciones políticas. El hecho de que las elecciones primarias de candidatos en el seno de los partidos se hayan convertido en un problema en lugar de una solución democrática, parece demostrarlo. En efecto, continuamente se echan en falta la existencia de mecanismos democráticos en el seno de los partidos políticos; se critican sus estructuras jerarquizadas y la extrema disciplina que hace que se pierda el individuo en favor de la dirección unitaria y firme de la organización, al tiempo se echa de menos la vitalidad de la militancia. Pero cuando un partido político, como ahora acaba de hacer el Partido Socialista en Madrid, pone en marcha un mecanismo democrático como es el de la elección directa en voto secreto por sus militantes del cartel electoral, desde fuera se ve como un elemento de debilidad del liderazgo. Quizá, por esto mismo, porque mediáticamente se fomenta la percepción de una imagen de inestabilidad de la organización, las direcciones orgánicas de los partidos acaban temiendo el enfrentamiento en primarias, y, porque también la dirección puede perder su apuesta por un candidato favorito.
Con todo, esta medida del Partido Socialista merece mucho la pena por lo que tiene de aplicación del mandato contenido en el artículo 6 de la Constitución. Un precepto que como demostró hace unos años el profesor Blanco Valdés (“Los Partidos Políticos”, Tecnos, 1990) , establece dos principios fundamentales en relación con el régimen jurídico de los partidos políticos, principios que incorporaran una doble limitación : una primera por la que se dispone que la libertad de creación y el ejercicio de actividades de los partidos dentro del respeto a la Constitución y a la ley, y una segunda por la que se exige que su estructura interna y su funcionamiento sean democráticos. En este sentido, la cuestión más fundamental que se ha planteado en relación con esta exigencia jurídica del funcionamiento interno democrático es la relativa a cómo controlar el cumplimiento efectivo de ese mandato en la vida real de los partidos y, en concreto, la relativa a la posibilidad de que este control sea asumido, en última instancia, por los órganos jurisdiccionales.
Porque también es una manifestación de la democracia la existencia de controles efectivos que garanticen los derechos, en este caso, de todos los militantes madrileños del PSOE a participar en condiciones de igualdad en un proceso tan importante como el que ahora se pone en marcha. Unos controles que deben operar de manera preventiva y efectiva en el seno de la misma organización y, solo posteriormente, en la vía judicial. Los partidos políticos son asociaciones y como éstas no están sujetos constitucionalmente a límites más estrictos que la del resto de las asociaciones, lo que asegura el menor grado de intervención estatal, sin perjuicio del cumplimiento de determinadas pautas en su estructura, actuación y fines. Es aquí en donde habría de centrarse el control judicial: en el respeto a la legalidad en su actividad, al funcionamiento y organización democráticos y a los demás requisitos generales que se exigen a todas las asociaciones.
En todo caso, democracia porque estamos ante un buen y necesario ejemplo de lo que se ha llamado el “constitucionalismo político” que se concreta en el establecimiento de nuevas reglas para la competición electoral, de un mayor equilibrio de poder, y , en fin, del deber de partidos e instituciones democráticas de ser receptivos hacia unos ciudadanos que quieren sentirse cada vez mas protagonistas de su posición en el sistema político.