“Hay que tomarse en serio la erradicación de la violencia en el deporte mediante la prevención, el control y la sanción con rigor y sin excusas a quienes la realizan y la amparan por acción o por omisión. Este objetivo, tan loable y realista, precisa para su cumplimiento de servidores públicos y representantes políticos que estén más preocupados de cumplir y hacer cumplir la ley, que de llevarse bien con los presidentes de los principales clubes de fútbol o medios de comunicación deportivos.
Abandonar los titulares de prensa, intentar escurrir el bulto anunciando nuevas medidas con la finalidad de que no se descubra que se ha incumplido la ley de manera sistemática ya no vale. Como tampoco valen las declaraciones de algunos entrenadores de futbol y jugadores diciendo que como se expulse de los estadios a quienes ejercen la violencia verbal, porque el insulto es una violencia verbal, “nos vamos a quedar solos”.
Solos no sé si se van a quedar, pero lo que hay que poner en valor es la ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, y su posterior reglamento, que aprobó el Gobierno del PSOE, y que es un instrumento muy poderoso para acabar con la violencia. Y hay que recordar también, a quienes hacen declaraciones que muestran una clara permisividad de la violencia, que como dice nuestra ley contra la violencia: “existe una radical incompatibilidad entre deporte y violencia, cualquier forma de violencia, incluida la verbal o aquella otra más sutil, fundamentada en la trampa, el engaño y el desprecio del juego limpio.”
El mantra debe ser que se cumpla la ley, porque los actos violentos entre hinchadas por motivos racistas o xenófobos, los comportamientos racistas, xenófobos e intolerantes dentro y fuera de los estadios,y la reiteración y “normalidad” que se da a los insultos que se producen en la mayoría de los estadios de fútbol no son tolerables y es preciso luchar contra ellos.
Frente a tanto poder y ruido, es preciso aclarar algunas cuestiones que demuestran el incumplimiento de la ley por parte del Gobierno del PP y de los clubes de futbol:
· La ley contra la violencia en el deporte define en su artículo 2 como actos o conductas violentas o que incitan a la violencia en el deporte:
a) La participación activa en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos, cuando tales conductas estén relacionadas con un acontecimiento deportivo que vaya a celebrarse, se esté celebrando o se haya celebrado.
b) La exhibición de pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que, por su contenido o por las circunstancias en las que se exhiban o utilicen de alguna forma inciten, fomenten o ayuden a la realización de comportamientos violentos o terroristas, o constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo.
c) La entonación de cánticos que inciten a la violencia, al terrorismo o a la agresión en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos. Igualmente, aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo.
f) La facilitación de medios técnicos, económicos, materiales, informáticos o tecnológicos que den soporte a la actuación de las personas o grupos que promuevan la violencia, o que inciten, fomenten o ayuden a los comportamientos violentos o terroristas, o la creación y difusión o utilización de soportes digitales utilizados para la realización de estas actividades.
Si esto aparece tan claro en la ley contra la violencia, ¿Por qué no se aplica la ley?¿Por qué se consiente todos los días?
· También define como actos racistas, xenófobos o intolerantes en el deporte:
1.-La realización de actos en que, públicamente o con intención de amplia difusión, y con ocasión del desarrollo de una prueba, competición o espectáculo deportivo, o próxima su celebración, una persona física o jurídica emita declaraciones o transmita informaciones en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, así como por la religión, las convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual.
2.-Las actuaciones que, con ocasión del desarrollo de una prueba, competición o espectáculo deportivo o próxima su celebración, o en los recintos deportivos, en sus aledaños, o en los medios de transporte públicos en los que se pueda desplazar a los recintos deportivos, supongan acoso, entendiendo por tal toda conducta no deseada relacionada con el origen racial o étnico, geográfico o social, así como la religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.
3.-Las declaraciones, gestos o insultos proferidos en los recintos deportivos con motivo de la celebración de actos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos en los que se puedan desplazar a los mismos, que supongan un trato manifiestamente vejatorio para cualquier persona por razón de su origen racial, étnico, geográfico o social, así como por la religión, las convicciones, la discapacidad, edad, sexo u orientación sexual así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución.
4.-La entonación de cánticos, sonidos o consignas así como la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales, que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios, para cualquier persona por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, por la religión, las convicciones, su discapacidad, edad, sexo u orientación sexual, así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución.
Entonces, si está tan detallado lo que son actos violentos o racistas, ¿Por qué partido tras partido se permite que se produzcan y el Gobierno del PP sigue de brazos cruzados? Hay que exigir responsabilidades y ceses, porque el Gobierno tiene que cumplir y hacer cumplir la ley, aunque ello suponga que no le inviten más a los palcos.
· Los que organizan las competiciones y espectáculos deportivos, según el artículo 3 h), no podrán proporcionar ni facilitar a las personas o grupos de seguidores que hayan incurrido en actos violentos o actos racistas medios de transporte, locales, subvenciones, entradas gratuitas, descuentos, publicidad o difusión o cualquier otro tipo de promoción o apoyo de sus actividades. Puede alguien explicar como hay clubes de futbol que lo siguen haciendo y no se les sanciona. ¿Cómo es posible que el Frente Atlético tuviera en el Vicente Calderón un cuarto y no se le haya sancionado? ¿Cómo es posible que se siga permitiendo en la mayoría de los estadios?
· Los clubes y personas organizadoras de las competiciones y espectáculos deportivos, según el artículo 9, deben disponer de un libro de registro que contenga información genérica e identificativa sobre la actividad de las peñas, asociaciones, agrupaciones o grupos de aficionados, que presten su adhesión o apoyo a la entidad en cuestión. En ese artículo, en su apartado cuarto se dice que “queda prohibido cualquier tipo de apoyo, cobertura, dotación de infraestructura o de cualquier tipo de recursos a grupo o colectivo de seguidores de un club, con independencia de tener o no personalidad jurídica, de estar formalizado o no como peña o asociación, si no figura, el citado grupo, sus actividades y sus responsables en el Libro de Registro y si en alguna ocasión ha cometido infracciones tipificadas en esta Ley”. Por tanto, ningún presidente de club puede decir que no conoce a sus hinchas. Segundo, tienen que explicar porque apoyan a los violentos. Y tercero, el Gobierno del PP tendrá que explicar por qué no sanciona a los clubes por estos comportamientos que van contra la ley y que podrían suponer o el cierre del estadio o multas de hasta 650.000 euros.
· Prohibición de acceso a los estadios y trabajos sociales. Mucho se habla de lo que ha hecho el Real Madrid estos días con 17 personas que han sido expulsadas por realizar insultos en el campo. Está muy bien, pero es que esto es algo que ya contempla la ley desde el año 2007 y parece que nadie se acuerda. Sí, la ley, concretamente en el artículo 24.3 donde señala que además de las sanciones económicas, a las personas físicas se les podrán imponer, atendiendo a las circunstancias que concurran en los hechos y, muy especialmente, a su gravedad o repercusión social, la sanción de desarrollar trabajos sociales en el ámbito deportivo y la sanción de prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo. Y en el artículo 25, donde dice que los clubes y las personas responsables de la organización de espectáculos deportivos deberán privar de la condición de socio, asociado o abonado a las personas que sean sancionadas con la prohibición de acceso a recintos deportivos.
Estos son algunos ejemplos de lo que se debería estar haciendo desde al menos el año 2007. Ya no quedan excusas, hay que actuar con contundencia contra la violencia, al tiempo que se desarrollan actuaciones encaminadas a la prevención y a hacer del deporte un recurso educativo y de integración, que refuerce la cohesión y la convivencia social en sociedades cada vez más complejas como la nuestra.
¡Adelante!”