Pero, la Audiencia es mucho más compleja: su jurisdicción se extiende a todo el territorio del Estado y detenta competencias muy diversas. Por ejemplo, sus distintas salas conocen procesos laborales sobre impugnación de convenios y conflictos colectivos, recursos contra actos de los jefes de los Estados Mayores sobre ascensos y antigüedad en los escalafones y destinos militares, sobre la legalidad de actos y disposiciones de ministros y secretarios de Estado, o, en fin, de los procedimientos judiciales de extradición pasiva. Pero, sin duda, es precisamente su competencia en materia penal la que más caracteriza a la Audiencia Nacional a través de las actuaciones que llevan a cabo sus seis juzgados centrales de instrucción, cuyo carácter de “juez ordinario” hay que recordar que ha sido confirmado no sólo por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, sino también por la propia Comisión Europea de Derechos Humanos. En este sentido, el Tribunal Constitucional ha reconocido que la singularidad de los delitos atribuidos a dichos órganos determina una situación, también singular, respecto a la norma de atribución de la competencia criminal por el lugar donde se comete el delito. En efecto “la ubicuidad de actividades o resultados delictivos -en palabras de Siro García- marcadamente cuando se trata de organizaciones para el crimen, excede el ámbito provincial (y aún autonómico) o porque los delitos atacan muy exacerbada y particularmente elementos supra provinciales y aún supra autonómicos de cohesión social, o porque sería difícil hallar territorialmente un órgano ‘naturalmente’ más adecuado”.

Quizá muchos no recuerdan que la Audiencia Nacional nació en el contexto político y legislativo muy complejo de los comienzos del año 1977. Y, tras una primera ampliación de sus competencias en 1979, será dentro del título dedicado en la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 1985, a la composición y atribuciones de nuestros órganos jurisdiccionales, donde se contemple a la Audiencia Nacional con total naturalidad hasta hoy en día en nuestro sistema jurisdiccional. A partir de entonces, se produjo el fenómeno de que a la vez que se mantenían estas competencias, los asuntos aumentaron de manera muy considerable, hasta el punto que se tuvo que crear un juzgado central más y reforzarse la plantilla de magistrados de las salas de enjuiciamiento. Al mismo tiempo, esta sobrecarga de trabajo, aliada con el hecho de tener jurisdicción en todo el territorio nacional, no dejaba de producir ciertas disfunciones con el resto de la organización judicial: los juzgados territoriales, en especial los del País Vasco, se vieron en la necesidad de practicar numerosas diligencias ordenadas por los jueces centrales de instrucción que, en ocasiones, han provocado que sus servicios de guardia quedaran supeditados íntegramente a la realización de dichas diligencias en detrimento de las competencias propias.

No se trata tanto de cuestionar la necesidad de la Audiencia Nacional como que ha llegado el momento de una renovación personal y material en profundidad. Una renovación que no puede exclusivamente plantearse sobre las bases del voluntarismo de los buenos servidores públicos que allí trabajan, sino que habrá que abordarla a partir de una nueva y reflexiva configuración de las competencias y funciones de los órganos que integran la Audiencia Nacional. Los cambios radicales en las relaciones económicas por la dinámica de la Unión Europea también afectan, por desgracia, al desarrollo de una sofisticada y multinacional delincuencia a la que habrá que responder desde el sistema judicial con nuevos y eficaces medios dentro de los cuales la Audiencia debe de constituir, sin duda, la principal aportación de nuestro país al tan ansiado “espacio judicial europeo”. En este terreno hay todo un ámbito de trabajo para el nuevo presidente de su Sala Penal a la espera de que se reformulen las competencias judiciales en la lucha contra las nuevas modalidades del crimen organizado, como el tráfico de seres humanos o la delincuencia “global” ejercitada a tevés de la red. Nuevos retos a los que nuestro sistema legal tiene que saber dar las respuestas más adecuadas. Y para ello, en definitiva, no podemos permitirnos desperdiciar la experiencia acumulada en todos estos años por la Audiencia Nacional.