En defensa de estas reivindicaciones, las mujeres socialistas norteamericanas propusieron celebrar el “National Women´s Day”, y Clara Zetkin presentó, en 1910, una propuesta ante la II Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, que se celebró en Copenhague, para celebrar todos los años el Día Internacional de la Mujer reivindicando la igualdad de género.

En España, II República consolidó el avance de la mujer en todos los aspectos relacionados con la igualdad de género, reconociendo a las mujeres su condición de ciudadanas (derecho al voto), así como las libertades y derechos en el campo de las relaciones familiares y de su propio cuerpo (el divorcio).

Posteriormente, la Constitución Española (1978) y, sobre todo, la reciente ley orgánica del 23 de marzo de 2007, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, han dado un paso muy importante en la consecución de un marco legal respetuoso con la igualdad de género que resulta equiparable al más avanzado en esta materia en la UE. Uno de los ámbitos en los que la ley de igualdad- que por primera vez se centra en los derechos de las mujeres como trabajadoras- pone más empeño es en el ámbito laboral y en la igualdad salarial, en base a las recomendaciones del Convenio 100 de la OIT (1951).

En nuestro país, estas medidas se consolidaron en el Estatuto de los Trabajadores (1980); incluso, más recientemente, el Parlamento (2010) estableció una jornada por la igualdad salarial entre hombres y mujeres que se ha celebrado el pasado 22 de febrero (Día Europeo por la Igualdad Salarial). Efectivamente, la diferencia de salarios entre hombres y mujeres continúa siendo uno de los principales factores de discriminación de las mujeres. A pesar de que se han producido avances, las mujeres de la UE-27 (datos 2008) siguen cobrando de media un 17,8% menos que los hombres, por lo que deben trabajar 53 días más para igualar lo que reciben los varones en un año (Departamento de la mujer de UGT).

En España, la diferencia salarial entre hombre y mujeres sigue siendo de las más elevadas de la UE. Los últimos datos disponibles de la Encuesta de Estructura Salarial publicada en junio de 2010 (recoge datos de 2008) revelan que, aunque la brecha salarial se ha reducido ligeramente de 2006 a 2008, la ganancia media anual femenina supuso en el año 2008 el 78,1% de la masculina; así mismo refleja que el 8,1% de las mujeres tenían ingresos salariales menores o iguales que el SMI, frente al 2,9% de los hombres. Si se tienen en cuenta los salarios más elevados, el 20,6% de los hombres tuvieron ingresos cinco veces superiores al SMI, frente al 12,1% de las mujeres.

Por otra parte, en el año 2008, el salario medio anual en la jornada a tiempo completo superó en más de dos veces el salario medio anual en jornada a tiempo parcial. Esto confirma que la duración de la jornada laboral también influye notablemente en las diferencias salariales entre hombres y mujeres, sobre todo cuando son las mujeres (más del 80%) las que desarrollan su actividad a través de la jornada a tiempo parcial y por lo tanto perciben salarios más bajos. Lo mismo se puede manifestar sobre el tipo de contratación: Las mujeres con contratos indefinidos cobran el 76% del salario masculino y sólo se acercan a los hombres cuando tienen un contrato temporal, obteniendo una ganancia media del 88,3% del salario de los hombres.

Una situación semejante se produce en las retribuciones de las mujeres en el ámbito de la seguridad social, donde se contabilizaron, en el año 2009, más de 4 millones de pensionistas hombres frente a 3,74 millones de pensionistas mujeres. Aunque cada vez es mayor el número de mujeres que trabajan como asalariadas, todavía sigue siendo minoritaria la percepción de prestaciones relativas a las pensiones de jubilación, pensiones de incapacidad, y prestaciones por desempleo; mientras que son mayoría en la percepción de pensiones de viudedad (el porcentaje de pensionistas de viudedad es del 1,5% de los varones frente al 43% de las mujeres) y en las prestaciones no contributivas. También resultan mayoría entre los beneficiarios de cuantías mínimas y complementos de mínimos. Eso explica que, en octubre del año 2010, las mujeres percibieran una media de 617,83 euros mensuales frente a la media de los hombres de 1.040,70 euros.

Como conclusión, y a la vista de los datos, las diferencias entre los salarios de hombres y mujeres persisten en nuestro país- aunque se hayan reducido ligeramente porque la crisis ha afectado más a los hombres- y se mantienen en cotas elevadas. Sin embargo, las causas profundas de las diferencias retributivas entre hombres y mujeres nos obligan a actuar más allá de la consecución de la igualdad salarial por un trabajo igual. Según la nueva Estrategia quinquenal (2010- 2015) para fomentar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres- aprobada por la Comisión Europea- hay una clara disparidad entre el nivel de estudios que alcanzan las mujeres y su futuro profesional, por lo que debe prestarse especial atención a la transición entre educación y mercado laboral. Las causas de la disparidad salarial también proceden de la segregación en el mercado de trabajo, ya que las mujeres y los hombres todavía tienden a trabajar en sectores y tareas diferentes. Por una parte, ambos sexos están sobre representados en determinados sectores, y los empleos femeninos (la atención sanitaria, la educación, la administración pública, el trabajo doméstico, los servicios…) suelen ser, en general, menos valorados que las profesiones típicamente masculinas. Por otra parte, en el mismo sector o empresa, las tareas desempeñadas por las mujeres tienden a estar menos pagadas y peor valoradas.

El desfase salarial también refleja otras desigualdades laborales que afectan sobre todo a las mujeres, como la carga desproporcionada de las responsabilidades familiares (el 94,5% de las excedencias laborales para el cuidado de personas son de mujeres) y las dificultades para conciliar el trabajo y la vida privada. Muchas mujeres trabajan a tiempo parcial o con contratos atípicos con el propósito de seguir integradas en el mercado de trabajo sin abandonar sus responsabilidades familiares a pesar de que pueden tener un impacto negativo en su nivel de salario, la evolución de su carrera profesional, sus perspectivas de promoción, y la cuantía de sus pensiones.

A estos datos hay que añadir los graves problemas que afectan a las mujeres en su incorporación al mercado de trabajo, que no ha resuelto la reforma laboral: El desempleo y la precariedad laboral. Según la EPA del IV trimestre 2010, la tasa de actividad femenina (52,6%)- si bien se va acercando a la media europea- todavía está lejos de la de los hombres (67,7%). El porcentaje de desempleo de la mujer resulta particularmente negativo (20,8%) y se sitúa prácticamente en el doble de la media europea, ligeramente por encima del de los hombres (19,9%). En cuanto a la precariedad de nuestro mercado de trabajo debemos manifestar que el índice de temporalidad (24,9%) casi dobla la media europea situándose en el 23,8% en los varones y en el 25,9% en las mujeres. Por otra parte, las mujeres duplican las tasas masculinas de permanencia en la búsqueda de empleo y tienen una mayor permanencia en el desempleo de larga duración. Finalmente, del total de las personas desempleadas que perciben la prestación por desempleo, sólo el 40% son mujeres, con una cuantía media diaria un 15% inferior a la de los hombres desempleados (manifiesto sindical, UGT-CCOO).

Para abordar con decisión estos problemas resulta necesario que los estados miembros de la UE pongan en marcha planes de acción a partir de la aplicación efectiva y el cumplimiento de la legislación en materia de igualdad de género, penalizando severamente su incumplimiento. Se trata de garantizar la transparencia de los salarios, midiendo periódicamente la brecha salarial; aumentar la tasa de empleo de la mujer; eliminar la segregación vertical; superar los estereotipos y la segregación horizontal; conciliar la vida laboral, familiar y personal; combatir el acoso sexual y la violencia de género; impulsar un reparto equilibrado de las tareas del hogar; y, desde luego, garantizar los servicios de atención adecuados, asequibles, y de calidad para las personas dependientes y para los niños en edad preescolar.

Además, resulta prioritario incorporar el principio de igualdad en el seno de las empresas a través del “deber de negociar” con los sindicatos planes de igualdad y acciones positivas en todos los convenios colectivos. Por ejemplo, la igualdad se debe conseguir elevando los salarios de las mujeres y mejorando sus condiciones de trabajo, y no devaluando los salarios de manera generalizada como algunos pretenden (igualar por abajo) al condicionar los salarios a la productividad, al margen del índice de inflación, además de eliminar la cláusula de garantía salarial. Precisamente para ello se debe fomentar la participación suficiente de mujeres en las mesas de negociación de los convenios- que es donde se toman decisiones-, corrigiendo así el déficit democrático que se produce en muchos casos por el deficiente funcionamiento de la democracia paritaria. Incluso se debe impulsar el equilibrio entre mujeres y hombres en los consejos de administración de las empresas con el propósito de conseguir que las aportaciones de las mujeres se tengan en cuenta en los ámbitos donde se toman las decisiones.

En definitiva, en una democracia se necesitan hombres y mujeres en pie de igualdad y esto es más necesario que nunca, en esta etapa de crisis económica, para salir fortalecidos de la misma habiendo resuelto los problemas que nos aquejan que, en buena medida, pasan por garantizar el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres. Para ello hay que remover los obstáculos que encuentra la mujer a la hora de incorporarse, en términos de igualdad, al mercado de trabajo; ello, además, repercutirá muy favorablemente en el crecimiento sostenible, el empleo, y la cohesión social, que representan nuestro principal reto en estos momentos.

En todo caso, el 8 de marzo es una fecha emblemática para recordar las luchas obreras por la igualdad- la discriminación de la mujer continúa- como uno de los fundamentos básicos de las ideas socialdemócratas. También debemos recordar que las personas expuestas hoy a la pobreza y a la exclusión social tienen rostro femenino