El procedimiento seguido por Rajoy no respeta el principio democrático de información y consulta sindical, desprecia el diálogo y la concertación social y ha dejado a los sindicatos a los pies de los caballos, a pesar de su responsable comportamiento firmando el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC, 2012-2014), que el Gobierno ha tirado a la papelera a pesar de contemplar un importante sacrificio salarial para los trabajadores durante los próximos tres años. No cabe mayor irresponsabilidad y falta de destreza política del Gobierno al no responder al reiterado llamamiento de los sindicatos al diálogo social, además de plegarse descaradamente a las exigencias del FMI y de la UE (Alemania y Francia) y sucumbir a las presiones de la CEOE y de los defensores de las políticas neoliberales. Con esta decisión, el Gobierno está dando la impresión de que España es un país intervenido como lo están siendo Grecia, Irlanda y Portugal y, desde luego, supeditado al poder financiero internacional.

La decisión de Rajoy se toma cuando todo el mundo sabe que una reforma laboral no va a crear empleo sin el relanzamiento de la actividad económica (víctima de un ajuste brutal) y el aumento de la demanda (frenada en plena recesión). Precisamente, en la práctica, ocurrirá todo lo contrario; la presente reforma acelera la destrucción de empleo, simplemente porque facilita y abarata más el despido, incluso de los trabajadores contratados antes de la reforma. Efectivamente, de aquí en adelante el coste del despido improcedente pasará de 45 días por año y máximo de 42 mensualidades (despido que también sufre un fuerte recorte de aquí en adelante- retroactividad-, salvo los que tengan 28 años o más de antigüedad en la empresa, “El País, 12-02-2012”) a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades y a los 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, si se considera un despido procedente. Para que se considere procedente un despido individual por causas económicas bastará una caída de ventas de la empresa durante tres trimestres. Resulta evidente que, de aquí en adelante, todos los despidos serán procedentes (“despido único”) ante las facilidades que otorga la reforma laboral a los empresarios y a los organismos y entidades que forman parte del sector público para ajustar las plantillas.

Lo mismo ocurrirá con los expedientes de regulación de empleo (ERE) que, además, no necesitarán autorización administrativa de la autoridad laboral, al margen del recurso judicial (muy condicionado por la norma), que acabará por judicializar el trámite de los ERE. Como se puede comprobar, el Gobierno renuncia a intervenir en los expedientes de regulación de empleo presentados por las empresas, y por lo tanto, a fiscalizar el cobro de la prestación por desempleo con el consiguiente riesgo de fraude que eso puede suponer para dicha prestación.

Tampoco la precariedad del mercado de trabajo (el doble que la media europea) se va a resolver con esta reforma, a pesar de que se recupera la prohibición de encadenar contratos temporales más allá de los 24 meses, a partir del 31 de diciembre de 2012. El número de contratos se mantienen y se añade uno más que va a resultar decisivo en la contratación futura, y por lo tanto, en la consolidación de la precariedad de nuestro mercado de trabajo para los próximos años.

Así es, el nuevo contrato “indefinido” -para emprendedores- de apoyo a pequeñas empresas (menos de 50 trabajadores), que son la gran mayoría (95%), contempla un periodo de prueba de un año (algo insólito para un trabajador poco cualificado) en el que se podrá prescindir del trabajador, nada menos que sin indemnización (despido totalmente libre y sin costo ninguno). En la práctica, sobre todo los trabajadores jóvenes, rotarán de una empresa a otra con contratos indefinidos de un año de prueba y sin indemnización; a pesar de ello contarán, a efectos estadísticos, como trabajadores con contrato indefinido (maquillando la temporalidad), al margen de la inestabilidad social de que serán víctimas. Además, este nuevo contrato fomenta la contratación de los desempleados, que están cobrando el paro (los empresarios podrán deducirse fiscalmente el 50% de la protección por desempleo pendiente de percibir), de tal manera que más de un millón y medio de trabajadores -muchos de ellos jóvenes-, que no cobran prestación por desempleo, se verán discriminados ante la pretensión del Gobierno de reducir esta partida de gasto.

Por otra parte, la reforma renuncia a la oportunidad de ordenar el marco de regulación de la contratación temporal y se limita a tratar deficientemente el contrato para la formación y el aprendizaje (de 16 a 30 años), mientras se mantenga el 15% de paro; un contrato que, además, se puede repetir varias veces si se justifica que se contrata al trabajador joven para una actividad laboral y ocupación “distinta”, lo que demuestra la relación de este contrato con la pretendida reducción del desempleo juvenil (a través de contratos basura) y no con las necesidades formativas de los jóvenes. Lo mismo podemos manifestar del empleo a tiempo parcial, que permite compatibilizar las horas ordinarias con las extraordinarias -lo que no vaticina nada bueno- y del permiso a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) para realizar las tareas propias de las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro sin tomar antes medidas de reforma de los servicios públicos de empleo, por lo que estos servicios se convertirán en simples oficinas burocráticas dedicadas al registro y gestión del cobro de la prestación por desempleo.

Pero lo más grave de esta reforma es que el gobierno dinamita la negociación colectiva y golpea la autonomía de las partes al dar prioridad a los convenios de empresas sobre los demás, lo que vacía de contenido los convenios estatales de sector; facilita la inaplicación (descuelgue) de un convenio de ámbito superior, acreditando que se han producido dos trimestres consecutivos de disminución persistente de ingresos; y elimina la prórroga automática de los convenios más allá de los dos años (la llamada ultraactividad), por lo que las partes deben renegociar el convenio en un plazo máximo de dos años, porque a partir de esa fecha ya no estará en vigor, como venían defendiendo los empresarios.

En todo caso, la reforma laboral da todo el poder al empresario (sin límite de tiempo) para modificar las condiciones de trabajo -incluso los salarios-, por razones económicas, técnicas, organizativas y de producción que tengan relación con la competitividad, la productividad y la organización técnica en la empresa.

Esta reforma consolida además un modelo de producción obsoleto, y retrasa el cambio de modelo productivo hacia una economía más competitiva; sigue estimulando el despido y el recorte de salarios, como procedimiento para ajustar costos y plantillas; dificulta a los jóvenes la conformación de carreras profesionales completas a efectos del cobro de sus pensiones futuras; transfiere rentas del trabajo al capital aprovechándose de la crisis; y beneficia a las empresas a costa de los trabajadores golpeando de manera arbitraria, innecesaria y brutal a los sindicatos (“más empresa y menos sindicato”). El resultado será más desigualdad y menos derechos para los trabajadores, que seguirán pagando injustamente el mayor costo de la crisis, sin que ello nos sitúe a la cabeza de la UE en competitividad sino todo lo contrario: la reforma laboral nos conduce irremediablemente a ser un país irrelevante, marginal y alejado de la modernidad en el marco de la UE.

La respuesta sindical a esta agresión ha sido tibia y contenida ante la previsible desmovilización ciudadana, muy afectada por la crisis, por el desempleo y por una correlación de fuerzas muy desfavorable. El llamamiento a las movilizaciones (19 y 29 de febrero) se hace compatible con una nueva llamada a la negociación del decreto ley en su tramitación, cosa que no se comprende muy bien por un sector de trabajadores y por los llamados indignados del 15-M, partidarios de medidas más contundentes de presión. Eso explica la pregunta pertinente que se están haciendo muchos en la calle: ¿Negociar qué y para qué?, al no esperar ninguna concesión del Gobierno en el trámite parlamentario y, por el contrario, tener la convicción de que sentarse a negociar sólo servirá para frenar las movilizaciones y confundir a los trabajadores. Esta convicción se justifica mucho más después de la invitación de la ministra de empleo para que los sindicatos participen en conversaciones para corregir “errores técnicos”, lo que no deja de ser verdaderamente humillante.

En todo caso, el movimiento obrero organizado se debe preparar para oponerse a la reforma en los convenios colectivos y en las empresas, donde una acción sindical reforzada puede ser más eficaz si se contrapone el II AENC a la reforma laboral. Ello sólo será posible aumentando la presencia de los sindicatos en las empresas y estando más cerca de los representantes de los trabajadores (delegados y comités de empresa), a los que debe estar dirigida, en primera instancia, la campaña de información sobre los efectos devastadores de la reforma, con el propósito de contrarrestar la fuerte campaña antisindical que ya está desarrollando la derecha más reaccionaria y extrema del PP.

Los sindicatos deben también estudiar nuevas respuestas a los problemas que va a suscitar la aplicación de la reforma en las empresas pequeñas (sobre todo las de menos de 6 trabajadores), donde no están presentes los sindicatos y donde los trabajadores (con contratos individuales) estarán más indefensos ante una reforma leonina que consolida el poder absoluto de los empresarios. El objetivo no es otro que dotar de cobertura sindical a estas empresas -desde las estructuras sindicales más cercanas- para evitar la sobreexplotación de los trabajadores aprovechándose los empresarios de las facilidades que le otorga la reforma laboral.

Finalmente, los sindicatos deben también estudiar a fondo las posibles medidas anticonstitucionales que contenga la reforma y buscar todos los apoyos parlamentarios posibles con el propósito de elevar, si procede, el recurso correspondiente ante el Tribunal Constitucional. Casi nada.