Pero los datos demuestran que no es cierto que la situación actual sea el resultado de que los españoles hayamos vivido por encima de nuestras posibilidades. Ésta es el resultado de fuertísimos procesos de endeudamiento de una parte importante de ciudadanos, empresas y entidades financieras que se han materializado, en gran parte, en transferencias de renta del conjunto de la sociedad española a los propietarios y gestores de los grandes capitales especulativos globales y a los especuladores inmobiliarios propios, que han encontrado en las últimas décadas unas políticas de las Administraciones Públicas cómplices de su dinámica y creciente poder, con unas consecuencias nefastas para la mayoría de la población. Muchos de los beneficios de las burbujas especulativas, salidos de España y refugiados en paraísos fiscales marcan la contraparte de la actual deuda pública y privada (que más que triplica la pública) española.
De hecho, en el propio Programa de Estabilidad 2012-2015 y en el Programa Nacional de Reformas 2012, recién presentados por el Gobierno (27 de abril de 2012), señalan que sus retos son “Abordar los desequilibrios acumulados para alcanzar una senda de crecimiento sostenible, equilibrada y generadora de empleo en el medio plazo”, habiendo previamente centrado estos desequilibrios en:
1.-El Deterioro del mercado de trabajo, debido a una excesiva rigidez y un mercado ineficiente.
2.-El deterioro de la solvencia del sector financiero, debido a su exposición al sector inmobiliario.
3.-La falta de control de las finanzas públicas, como consecuencia de políticas fiscales expansivas ineficientes.
4.-La debilidad del crecimiento económico.
Y en este diagnóstico y objetivos basan la que dicen es la única alternativa de actuación, que recogen en los citados documentos, donde las medidas ya llevadas a cabo en los cuatro meses de Gobierno se tratan de justificar con previsiones nada positivas y con márgenes de error en sus consecuencias que personalmente –y muchos analistas económicos- consideramos muy elevados.
No hay que ser muy ducho en economía para darse cuenta que las políticas económicas nunca han sido únicas y que los planteamientos de las mismas son fundamentalmente ideológicos; o, lo que es lo mismo, prioritariamente de defensa de intereses de grupos sociales concretos. En este caso, intereses de grupos locales que no siempre coinciden con los intereses de los grupos globales relevantes. Y, por ello, nunca ha estado tan clara como ahora la continuación de la presión de los mercados financiero-especulativos contra España y contra el euro. No sólo no se ha producido el incremento de la confianza en España “porque ahora han ganado los nuestros y van a llevar a cabo nuestras políticas”, como esperaba Rajoy y citaban algunos “traders” españoles, sino que hoy –con la prima de riesgo por encima de 450 puntos- podemos señalar que esta presión se ha incrementado de forma muy grave, reforzándose el proceso especulativo contra España. Éste sigue rigiéndose por la obtención de beneficios a muy corto plazo, con base en las expectativas de variaciones en los tipos de cambio del euro (hasta los 1,22 dólares por euro, que parecen haberse marcado como objetivo a corto plazo) y en las fluctuaciones de precios de activos y materias primas generados por las propias actuaciones de los especuladores, y en la repercusión que las mismas esperan que tengan sobre la situación económica de nuestro país.
Por lo tanto, con respecto a lo que siempre han señalado como primer objetivo de las políticas del actual Gobierno español –confianza de los mercados- tras más de cuatro meses de gestión hay que calificarlas de absoluto fracaso y con resultados muy negativos para este país.
Con respecto al primer desequilibrio y su segundo supuesto objetivo -aunque como luego veremos hay que considerarlo más excusa que objetivo- que era la lucha contra el paro a través de la reforma laboral, nunca el problema del paro había alcanzado, en términos absolutos, la magnitud de la EPA del primer trimestre de 2012. Pero lo peor es que el propio Gobierno espera que esa magnitud siga creciendo este año y el año 2013, y que el año 2015 el paro se encuentre por encima de las cifras que encontraron en el 2011 (Programa de Estabilidad). Por otro lado, las previsiones de muchos analistas nacionales e internacionales señalan, para 2012 y 2013, una caída del PIB,que puede llegar al -2,3%, para algunos, para 2012, y al -1,5%, para 2013, que se correspondería con una tasa de paro superior al 25%, para 2012, al 26,4%, para 2013, batiendo ya en este año el record de tasa de paro española (24,6% en 1994) y haciendo claramente responsable a la reforma laboral del actual Gobierno de una caída inasumible del paro y de un incremento aún mayor de sus ya muy graves consecuencias sociales: ya hay unos 1,73 millones de hogares en los que todos sus miembros están parados, a los que hay que añadir los 4,4 millones de hogares en que no hay ningún miembro activo, habiéndose incrementado en 153.400 hogares, en el primer trimestre de 2012, los que han pasado a la situación de estar todos sus miembros activos parados; cifra que significa casi la mitad del incremento de los hogares que han pasado a esta situación, desde marzo de 2011, lo que nos indica la gravedad de la evolución del primer trimestre de 2012, responsabilidad ya del nuevo Gobierno. El número de ocupados baja en 374.300 personas en el primer trimestre de 2012, reduciéndose en todos los sectores, aumentando el ritmo de descenso respecto al trimestre anterior y mostrando los desastrosos primeros efectos de la reforma laboral del actual Gobierno, que solo logra incrementos en el número de trabajadores por cuenta propia (empleos sin asalariados) y en el trabajo a tiempo parcial.
¿Pretende el nuevo Gobierno una caída brutal del paro en 2012 y 2013 para llegar remontando a las próximas elecciones y decir que está sacando de la crisis al país? Si este es su objetivo y no le importan las consecuencias de esta situación, la oposición debería ir pensando mecanismos de reacción que lo impidieran, porque la importancia del paro para la cohesión social y el objetivo claro del Gobierno con su reforma laboral (reducción de los salarios, ¿para aumentar la competitividad o para desequilibrar aún más la balanza a favor de los beneficios?) hacen que la anterior dinámica sea muy preocupante desde la perspectiva de la citada cohesión social, con un fuerte descenso de la misma asociada al incremento de las personas en riesgo de pobreza y al agravamiento de la situación de los pensionistas y parados sin cobertura. Además, la dinámica emprendida sobre asalariados y empleados está llevando a la clase media a un empobrecimiento continuo y, previsiblemente, a su radicalización hacia los extremos del arco político, como ya se está constatando en las últimas elecciones celebradas en el seno de la Unión Europea.
Desde la perspectiva de los aspectos ambientales, estos se marginan ante el creciente “economicismo” de las medidas adoptadas, ampliando la fuerte disminución de las políticas de incidencia ambiental positiva producida desde 2008 con unos recortes actuales que vienen a situar los presupuestos de incidencia más directamente ambiental en las cercanías del 2,7% del total presupuestario (incluyendo cantidades provenientes de distintos ministerios), cifra sin parangón en las pautas normales de países que se dicen desarrollados. Un indicador muy relevante del papel dado a los aspectos ambientales está en que en el Programa Nacional de Reformas las referencias a materias de fuerte incidencia ambiental (energía, aguas, costa, suelo, urbanismo o vivienda, que son las únicas consideradas) se recojan bajo el expresivo epígrafe de “Crecimiento y competitividad”.
Y con mucha preocupación hay que contemplar algunas más de las medidas de ese Programa Nacional de Reformas, centrándonos hoy en las que hacen referencia a la problemática urbanística e inmobiliaria, por la trascendencia reiteradamente señalada de la misma en la crisis española actual.
En efecto, ya hemos comentado que en los diagnósticos de los Programas de Estabilidad y Reforma se reconoce el trascendental papel del sector inmobiliario (aunque no se habla propiamente de burbuja especulativa ni de sus generadores) tanto en el deterioro de la solvencia del sector inmobiliario como en el problema del paro y en la deuda de las Administraciones Públicas territoriales por la caída de ingresos asociados al sector de la construcción. En efecto, los datos son claros e históricamente indiscutibles al respecto, como ya hemos señalado en otras ocasiones en esta misma sección. Pero, ¿cómo proponen combatir esta situación?
En el Programa Nacional de Reformas se hace referencia a una Ley de Regeneración Urbana y Fomento del Alquiler y a un Plan estatal para la regeneración urbana y el alquiler (2013-2016) con objetivos encomiables, sobre todo para el último –garantizar a todos los ciudadanos el acceso a la vivienda, dar salidas a las viviendas vacías y fomentar el empleo en uno de los sectores más afectados por la coyuntura económica actual- pero de contenidos absolutamente genéricos e imprecisos, que poco aportan a lo hasta ahora existente, salvo en una serie de enunciados,distribuidos entre el conjunto de objetivos y acciones, muy relevantes y particularmente problemáticos que se refieren a los siguientes aspectos:
1.-“Operaciones de renovación integral en suelo urbano consolidado, que garanticen su viabilidad y permitan acreditar la necesidad de eliminar controles legales que impiden, por ejemplo, mantener la edificabilidad prexistente o incluso aumentarla”.
2.-“En fase de ejecución de sentencia no cabrá la aplicación automática de la regla de demolición, cuando se trate de terceros adquirientes de buena fe, amparados en una licencia municipal previa e inscrita en el Registro de la Propiedad salvo que afecte la edificación al dominio público, defensa nacional, etc…Se utilizarán en lo posible otras fórmulas de reparación de la legalidad vulnerada”.
3.-“Reformular el sistema de valoraciones y búsqueda de mecanismos para la homogeneización del valor del suelo de forma que no persistan los tres valores diferenciados actuales (fiscal-catastral, expropiatorio y financiero-hipotecario)”.
Cada uno por separado, y los tres en su conjunto, vienen a unirse a algunas de las medidas ya adoptadas por el Gobierno y comentadas en otros artículos que tienen una gran trascendencia sobre los desarrollos urbanísticos y su racionalidad, no precisamente valorables en términos positivos en un marco en el que, como se ha señalado en esta sección en muchas ocasiones, la situación actual en España, tanto en el aspecto ambiental como en lo que se refiere a la insostenibilidad del desarrollo o a la propia crisis socioeconómica, son el resultado de una evolución histórica en la que las burbujas especulativas inmobiliarias han jugado un papel fundamental dentro de nuestras fronteras, sin haber sabido resolver los problemas planteados por la misma. Los excesos de estas burbujas, junto a la existencia de unos paraísos fiscales que posibilitan la ausencia de control y de tributación de los beneficios obtenidos por algunos en las mismas, son uno de los elementos fundamentales que explican la actual situación española, por su incidencia en el alto endeudamiento y apalancamiento privado y en el crecimiento de la morosidad y falta de fiabilidad del sistema bancario español. En concreto, el problema estructural del paro en España con sus repuntes en los sucesivos estallidos de las burbujas inmobiliarias históricas (1979-1986; 1991-1995: 2007-¿2013?) deberían mostrar claramente los riesgos de un modelo por el que parece volver a apostar el nuevo Gobierno. Y veamos por qué, de menor a mayor trascendencia, las anteriormente citadas tienden a reiterar el modelo:
Las consecuencias de permitir “Operaciones de renovación integral en suelo urbano consolidado, que garanticen su viabilidad y permitan acreditar la necesidad de eliminar controles legales que impiden, por ejemplo, mantener la edificabilidad preexistente o incluso aumentarla tiene efectos positivos y negativos que son soportados de distinta manera por los distintos agentes sociales afectados. En el lado positivo se encuentra la necesidad de estas operaciones en España, donde la eficiencia energética de los edificios y la dependencia de fuentes energéticas exteriores es muy elevada, junto con la posible mejora de la compacidad urbana, eficiencia energética asociada y las plusvalías derivadas de la mayor edificabilidad sobre lo previsto en el Plan. Estos aspectos redundan en beneficios colectivos –viabilidad de una movilidad sostenible, menor dependencia energética, socialización urbana- e individuales: plusvalías de los promotores, beneficios de los propietarios residentes. Pero hay otras consecuencias frecuentemente olvidadas en las operaciones de incremento de edificabilidad urbana que tienen que ver con la reducción de los estándares de equipamientos y dotaciones para la población en el área de influencia de las mismas, que se derivan de su puesta en ejecución sin la correspondiente dotación adicional de los servicios y equipamientos correspondientes. Dotación que debería financiarse con las plusvalías de la operación, pero que, normalmente en suelo urbano, son sufragadas por el conjunto de los ciudadanos, por los habitantes de la Comunidad Autónoma o por todos los españoles, según que las competencias sean municipales, autonómicas o estatales. La importancia de este hecho es relevante en una situación en la que las Administraciones no presentan una situación precisamente positiva en lo que se refiere a su capacidad de financiar inversiones y mantenimientos de nuevas dotaciones. El resultado es una pérdida del nivel de dotaciones y servicios para los residentes en el área de influencia de la actuación, ni contemplada ni normalmente resuelta en ellas.
Las consecuencias de establecer que “En fase de ejecución de sentencia no cabrá la aplicación automática de la regla de demolición, cuando se trate de terceros adquirientes de buena fe, amparados en una licencia municipal previa e inscrita en el Registro de la Propiedad, salvo que afecte la edificación al dominio público, defensa nacional, etc…Se utilizarán en lo posible otras fórmulas de reparación de la legalidad vulnerada”, tiene una gravísima trascendencia que sólo es comprensible desde la perspectiva, muy clara en este Gobierno, de considerar que el interés general debe estar subordinado al interés particular de los, en este caso denominados “terceros de buena fe”, lavándose las manos de lo que es una ausencia de cumplimiento de las obligaciones de control por parte de las Administraciones, y de la absoluta ineficiencia e ineficacia de las sentencias históricas al respecto. Ya nos hemos referido en esta sección a este tema y hemos reiterado cómo los fuertes beneficios que se derivan de actuaciones urbanísticas ilegales posibilitan, entre otros aspectos, la existencia de corrupciones de diverso tipo que afectan, con demasiada frecuencia, a políticos, técnicos y administrativos ligados a los procesos de transformación urbanística y territorial. Desgraciadamente, además, los mecanismos de corrección de ilegalidades en estos campos están claramente desequilibrados, de manera que son desproporcionadamente reducidas las penas correspondientes a los delitos cometidos, comparadas con la magnitud y grandes beneficios asociados a los mismos, y tampoco el resultado del delito (edificios ilegales, en muchos casos) es siempre objeto de derribo o de corrección, quedando muchas sentencias incumplidas, desapareciendo el carácter de ejemplaridad que se supone a las mismas, y dando lugar a que los procesos tiendan a repetirse incluso por los propios condenados (puede verse al respecto la Memoria de las II Jornadas de Legalidad Territorial y Ambiental, en cuya realización ha colaborado activamente FUNDICOT – http://issuu.com/fundicot/docs/2legalidad). La modificación que se pretende (con un etc. en su propio objetivo de excepcionalizar situaciones, que refleja la falta de conocimientos del redactor al respecto) agrava radicalmente la situación y promueve el acostumbrado escaso respeto al planeamiento urbanístico (aunque tenga carácter de norma reglamentaria) tradicional de los sectores de la derecha en los que cualquier restricción a la propiedad privada es objeto de demonización. Por supuesto, las consecuencias más negativas de esta actuación vuelven a incidir sobre el interés general.
Por último, las consecuencias de la tercera medida son todavía mucho más graves, e inciden sobre uno de los fundamentos básicos de la especulación inmobiliaria como es la valoración del suelo. De hecho, es una medida que retrotrae la legislación a la Ley de 1998, también de un Gobierno del PP, que fue una de las impulsoras más destacadas de la burbuja, cuyas graves consecuencias estamos pagando todos los ciudadanos. La idea es muy clara: la Administración no debe influir en las valoraciones que realiza el mercado del suelo, por lo que el valor de expropiación debe ser el técnicamente denominado “valor residual”. Valor que parte del precio al que previsiblemente se podrá vender la vivienda cuando se haya terminado y obtenido la licencia de habitabilidad (entre cuatro y once años desde que se inicia la operación urbanística) detrayendo al valor actual tanto dicho precio como los costes de urbanización, edificación, promoción, etc. que se producen en el proceso. La diferencia entre unos y otros da el valor residual del suelo que, para el PP era también el valor de expropiación en su ley de 1998. Obviamente, inflar los valores futuros a los que se podrá vender la vivienda (proceso inherente a la especulación inmobiliaria) da lugar a fuertes valores residuales para el suelo que, a su vez, tienden a confirmar y condicionar los supuestos fuertes valores futuros para la vivienda. En paralelo, el suelo rústico que el promotor ha adquirido en 100, tras la reclasificación puede fácilmente valorarse por este método residual a 1.000, o a cantidades superiores según sean los supuestos sobre el precio futuro de la vivienda; e hipotecarse por este valor de 1.000 por parte de la correspondiente entidad financiera. En teoría, parte de esta hipoteca sirve para iniciar la promoción hasta que los cobros a los compradores permitan su consideración como beneficio y su apropiación como plusvalía neta del promotor. Si no hay inicio de la promoción, todo es beneficio apropiado por el promotor y puesto a buen recaudo en muchos casos.
En el momento actual, la ley del 2007 y el texto refundido del 2008 habían establecido que el valor de expropiación mientras no había planeamiento de desarrollo, urbanización y edificación, era el valor inicial del suelo rústico –los 100 de nuestro ejemplo- más los gastos en que hubiera incurrido el promotor, lo que situaba dicho valor muy lejos de los 1.000 de la hipoteca. Ni que decir que la aplicación de esta norma se había retrasado por el Gobierno anterior del PSOE y se ha vuelto a retrasar por el nuevo Gobierno del PP (en el Real Decreto-ley 20/2011 del BOE de 31 de diciembre de 2011) señalando que “Se modifica el apartado 2 de la disposición transitoria tercera del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, con la finalidad de ampliar hasta cinco años, a contar desde la entrada en vigor de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, el plazo transitorio para que las valoraciones de los terrenos que formen parte del suelo urbanizable, incluido en ámbitos delimitados para los que el planeamiento haya establecido las condiciones para su desarrollo, se efectúen conforme a las reglas establecidas en la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, tal y como quedaron redactadas por la Ley 10/2003, de 20 de mayo. El plazo transitorio inicial fue ampliado hasta el 31 de diciembre de 2011 por el Real Decreto Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, por lo que está cerca de extinguirse”.
Las razones son obvias, tanto el sistema financiero como los promotores tenían valorado ese suelo al valor residual, muy distante del valor resultante de la aplicación de la norma, y las consecuencias derivadas de ésta podían ser muy graves para los balances de los promotores y del sistema financiero más implicado en el juego (algunas Cajas de Ahorro, sobre todo, destacando el caso de las valencianas y de la madrileña); aunque lo hubieran sido mucho menores si se hubiera empezado a aplicar desde el principio, según lo establecido en la Ley del 2007, de lo que lo están siendo en la actualidad con un sistema financiero en profunda crisis por las valoraciones de sus activos inmobiliarios y, en particular, por el valor especulativo del suelo recogido en sus balances y en sus créditos inevitablemente morosos. El caso de Bankia es el paradigma del proceso en el que alguna vez profundizaremos en esta sección.
La regulación del 2007 es claramente anticíclica y antiespeculativa en terrenos que pueden tener utilización administrativa para actuaciones de interés general: infraestructuras, equipamientos, vivienda pública, etc. La regulación de 1998, de un Gobierno del PP, a la que se pretende volver según el enunciado anterior, es especulativa, creadora de burbujas y procíclica, con consecuencias históricamente nefastas para España, pero muy beneficiosas para los promotores que han hipotecado sus terrenos y han localizado, en muchas ocasiones, sus plusvalías en esos paraísos fiscales. Y a los que el Gobierno actual les amnistía fiscalmente en términos relativos si vuelven a blanquearlas a España.
¿Son estas medidas las que nos van a sacar de la crisis?