“ARTÍCULO 47.1.- EL PRESIDENTE ES EL MÁXIMO RESPONSABLE DEL PARTIDO EN CADA UNO DE SUS ÁMBITOS TERRITORIALES”
El título se corresponde con las primeras líneas de un artículo de los estatutos del Partido Popular y, las mismas, están seguidas por varias facultades que tiene su Presidente Nacional para el ejercicio de esa su máxima responsabilidad en la organización.
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