El “racismo de edad”, denominado técnicamente edadismo, es una realidad que deja ver entre los ciudadanos, en las instituciones, en las leyes, en las políticas… a pesar de los avances realizados, en las últimas décadas, en los países más avanzados.

Tiene dos dimensiones: la primera ideológica, asociada a la conceptualización, desde el imaginario social, de los diferentes grupos etarios y, una segunda conductual, derivada de los prejuicios y creencias que condicionan nuestras formas de relación. Se precisa en relaciones asimétricas de dominación y subordinación, incluyendo ámbitos como el cultural, político, económico, jurídico, tecnológico, profesional, financiero… Pudiendo ocasionar en los afectados inconvenientes en su salud física y/o mental, violentar su dignidad, ocasionarles inseguridad económica… En definitiva, mermar su calidad de vida y deslizarles hacia el aislamiento y la soledad.

Es un problema de Derechos Humanos, sustentado en las perspectivas sobre el desarrollo social y humano. Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es un requiere “analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias y el injusto reparto de poder que obstaculizan el progreso en materia de desarrollo”[1]..

Para Ludwig Güendel: “El enfoque de los derechos humanos busca construir mecanismos jurídicos y políticos que transformen las instituciones y, consecuentemente, la vida social y cotidiana de las personas con base en una nueva ética del desarrollo humano. Pretende una nueva forma de hacer política… (…)… Requiere esta nueva perspectiva de lo social, un nivel de operacionalización tal que le permita traducir en acciones y prácticas concretas esa nueva ética del desarrollo. Por esta razón, se trata de la formulación de nuevas políticas públicas, de la transformación de valores, costumbres y prácticas sociales y de la eliminación o revisión de estructuras sociales y políticas que obstaculizan la esencia de lo social: construcción y realización del sujeto. En otras palabras, de una nueva institucionalidad pública y social”[2].

Comporta el reconocimiento de la perspectiva de la ciudanía como un derecho de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, nacionalidad, etnia, posición social, y sexualidad. A tal efecto los Estados han de garantizar su cumplimiento.

Thomas Humphrey Marshall en el opúsculo Ciudadanía y Clase social (Marshall, 1949) detalla el desenvolvimiento de la noción moderna de ciudadanía en tres fases: la civil, la política y la social. Acentúa la nueva etapa de la ciudadanía social, que incluye además de derechos civiles y políticos: “todo el espectro que va desde el derecho a un mínimo de bienestar económico y seguridad, al derecho a participar plenamente del patrimonio social y a vivir la vida de un ser civilizado de acuerdo con los estándares predominantes en la sociedad”. En definitiva, apunta hacia un “enriquecimiento general de la sustancia concreta de la vida civilizada, una reducción general de los riesgos y la inseguridad, una igualación a todos los niveles entre los más y los menos afortunados, los sanos y los enfermos, los empleados y los parados, los jubilados y los activos…”, a los que incorporar los diferentes grupos de edad.

Exige dotar a la ciudadanía, independientemente de su edad, el estatus en la sociedad que les corresponde, como sujetos de derechos, no únicamente como beneficiarios, empoderándoles y protegiéndoles de cualquier vulneración de sus derechos.

Esta vulneración se constató entre las personas mayores con la crisis sanitaria del coronavirus y el impacto mortal que tuvo entre esta población. Si la tasa de mortalidad, a nivel planetario, a resultas del SARS-CoV-2 entre los ancianos de 80 años, supero el 14,8%, entre los de 70 y 79 (el 8%), entre los de 60 y 69 (el 6%), entre los de 50 y 59 (1,3%), entre los de 40 y 49 (el 9,4%), entre los de 19 y 39 (el 0,2%), no existiendo constancia de fallecidos con edades entre los 0 y 9 años. La razón principal obedece a que en los momentos más duros de la epidemia fueron discriminados por los servicios médicos, a consecuencia de un sistema sanitario colapsado y con escasos recursos ante una emergencia sanitaria de tal gravedad. Una fase oscura de esta tercera década del siglo XXI que, hoy se dirime en los tribunales por haberse transgredido el artículo 14 de nuestra Constitución que dice que: “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

El coronavirus, en la práctica, se instaló en un discurso edadista y discriminatorio hacia nuestros abuelos y abuelas. Justificándose en virtud de la asociación de la senectud con deterioros físicos/mentales y el final de la vida. Sustrayendo todo lo que han aportado y lo que aportan a la sociedad por su experiencia, por los apoyos que prestan a sus familias, y por conformar un capital social de extraordinario valor…

¿Hemos aprendido de este episodio reciente tan duro? No estoy segura si ha sido así, lo que si estimo es preciso un cambio de paradigma basado en los Derechos Humanos y una mirada holística y transversal sobre la vejez. Un nuevo paradigma, que, de el paso desde la intervención hacia estas personas a una visión holística sobre la vejez, considerándola como una etapa de la vida colmada de oportunidades, siempre y cuando la salud respete.

Un enfoque que juzgamos debería partir de tres supuestos: 1.- El reconocimiento de las relaciones de poder entre las diferentes edades y la discriminación/exclusión a la que se ven sometidas las personas mayores. 2.- Que las relaciones intergeneracionales son un constructo histórico y cultural y 3.- que estas se encuentran interconectadas con otras relaciones sociales, como las de clase, género, sexualidad…

Finalicemos haciendo nuestras las palabras de Pitágoras de Samos:

“Una bella ancianidad es, ordinariamente, la recompensa de una bella vida”.

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[1] ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, Estrategia y plan de acción mundiales sobre el envejecimiento y la salud 2016-2020: hacia un mundo en el que todas las personas puedan vivir una vida prolongada y sana, 2016 http://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA69/A69_ACONF8-sp.pdf

[2] Ludwig Güendel, La política pública y la ciudadanía desde el enfoque de los derechos humanos: La búsqueda de una nueva utopía

https://www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/derechos-humanos-y-polc3adticas-pc3bablicas-guendel-1.pdf