La Ley 3/2023, de Empleo, uno de los hitos más importantes de la anterior legislatura y que debía desarrollarse durante esta legislatura, no ha sido, en mi opinión, suficientemente valorada, a pesar de ser una de las leyes más innovadoras y de trascendencia para las personas trabajadoras en España y también para las empresas.
Esta ley establece el marco de ordenación de las políticas públicas de empleo y regula el conjunto de estructuras, recursos, servicios y programas que integran el Sistema Nacional de Empleo, y garantiza como servicios una serie de elementos esenciales para dar el soporte necesario a la puesta en marcha y desarrollo de las políticas activas de empleo. A su vez, esta garantía en los servicios se convierte en un auténtico derecho para las personas trabajadoras y también en la garantía de la prestación de servicios a las empresas usuarias de los servicios públicos de empleo.
El derecho a la orientación profesional para el empleo, a la formación profesional para el empleo, la intermediación laboral eficiente y el asesoramiento para el autoempleo, la tutorización individual y la atención personalizada durante las transiciones laborales, el establecimiento de un itinerario personalizado de inserción, o el acceso a la protección social precisa que permita el mantenimiento de un nivel de vida digno durante el proceso de búsqueda de ocupación, constituyen el catálogo de servicios garantizados establecidos por la Ley de Empleo, que incluye asimismo la garantía a las empresas usuarias de los servicios públicos de empleo de la gestión adecuada de las ofertas, la información y asesoramiento sobre la contratación, la identificación de las necesidades de las empresas y el apoyo en los procesos de recolocación, entre otros.
El capítulo I del título II de la referida ley, de conformidad con la disposición adicional primera de la ley, procede a la regulación de la Agencia Española de Empleo, en la que ha de transformarse el Servicio Público de Empleo Estatal, y supone el cambio de organismo autónomo en agencia estatal. En la ley se autoriza su creación y, mediante real decreto, se regularán las condiciones de la transformación del Servicio Público de Empleo Estatal, organismo autónomo, en la Agencia Española de Empleo.
Esta transformación se produce por considerarse como un marco regulatorio óptimo para abordar los desafíos a afrontar en materia organizativa, tecnológica y de gestión. Y este nuevo régimen jurídico ofrecería una serie de particularidades normativas, organizativas, así como relativas al modelo de cumplimiento de objetivos y de rendición de cuentas, que permitirán aumentar el compromiso con la sociedad de la agencia, realizando los esfuerzos necesarios para prestar eficazmente el servicio público que esta ley le encomienda.
A pesar de estar recogida en la Ley de Empleo, la creación de la agencia no ha dispuesto del impulso político necesario a lo largo de la legislatura para hacerla una realidad, a pesar de los esfuerzos y del trabajo preparatorio que a tal fin ha sido desarrollado desde el SEPE.
No deja de ser una paradoja que quienes reivindican un mejor y un funcionamiento más eficaz del SEPE sean las mismas personas que nunca están en primera línea de las demandas necesarias tanto para la dotación y mejora de los empleados y empleadas públicos del SEPE como para la creación de esta nueva estructura.
Poco se difunde el gran valor del espacio del Sistema Nacional de Empleo, espacio compartido por el Servicio Público de Empleo Estatal, los diecisiete servicios públicos de empleo autonómicos y las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla, así como el fuerte e importante papel de los interlocutores sociales en el seno del Sistema Nacional de Empleo. Durante estos años, lamentables de constante polarización y crispación, de escandalosa normalización de la negación habitual de la lealtad institucional, ha habido un espacio preservado para el diálogo, el concierto y el acuerdo, y también por supuesto para la legítima discrepancia desde el respeto a la lealtad institucional.
Y este inmenso valor, sin duda, se debe al cuidado y entrega que a ello le han dedicado tanto el equipo directivo del SEPE como los de los servicios públicos autonómicos de las comunidades autónomas y los interlocutores sociales, y por supuesto y en primer lugar a los y las empleados públicos del Sistema Nacional de Empleo.
Seguramente la razón de todo ello está en no haber perdido en ningún momento el propio objetivo de los servicios públicos de empleo, tanto a la hora de desplegar el escudo social durante la pandemia como en el salto cualitativo en cualificación de las personas trabajadoras.
En esta, mi última colaboración en Sistema Digital, quiero agradecer tanto la oportunidad durante estos años de compartir desde aquí mi opinión en materia de empleo, como quiero también reconocer el trabajo desplegado por los equipos del Sistema Nacional de Empleo, personalizando todo ello en quien hasta hoy ha sido el director general del SEPE, Gerardo Gutiérrez Ardoy, el mejor dirigente del Servicio Público de Empleo Estatal durante el período democrático en España.
Quizá en el futuro los responsables políticos al máximo nivel sean conscientes de la importancia de apoyar a los equipos de trabajo y reconocer a las plantillas de empleados y empleadas públicos que los desempeñan. Crear la Agencia Española de Empleo, como mandata la ley, no es solo una necesidad, sino la oportunidad de modernización de una estructura al servicio de las personas trabajadoras, especialmente de aquellas más precarias y también de las empresas, muy especialmente de las pequeñas empresas.
Aunque cada vez es más difícil, seguiremos soñando con que los buenos servicios públicos algún día reciban el trato que merecen.
