En el irrespirable clima político que rodea al Gobierno del Presidente Sánchez, quien quiera hacer crónica política en cualquier medio tiene que hacer crónica judicial. Algo parecido pasaba en la dictadura, en los años sesenta y setenta, cuando gran parte de la política de oposición pasaba por el Juzgado y por el Tribunal de Orden Público, de modo que a partir de la mitad de los sesenta (ambos órganos represores se crearon por Ley 154/1963, de 2 de diciembre) una parte de la actividad política de oposición al franquismo apareció en la crónica judicial de la prensa. Ahora ocurre lo mismo. En los últimos días hemos conocido noticia tras noticia que tienen su origen en la gran operación que las dos derechas, la política y la judicial, han montado para derribar, una vez más, al Gobierno. Vamos a hacer un repaso rápido de todas las noticias judiciales de los últimos días que van dirigidas a desalojar a Pedro Sánchez de la Presidencia del Gobierno. Estas noticias enlazan con las que comentábamos la semana pasada (Javier García Fernández: “Golpismo judicial. Suma y sigue”, Sistema Digital, 15 de julio de 2026) que eran la incomprensible e inconstitucional condena al hermano del Presidente por un Tribunal de Badajoz (cuyo Presidente, según ciertos rumores, participó en la instrucción del sumario, lo que está prohibidísimo) y la prohibición a la esposa del Presidente de viajar a Turquía, posiblemente para evitar que se fugara por las estepas asiáticas y pidiera asilo en Mongolia Exterior.
PRIMERA NOTICIA JUDICIAL. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA SENTENCIA QUE LA LEY DE AMNISTÍA NO ES CONTRARIA AL ORDENAMIENTO COMUNITARIO
Por una cuestión prejudicial elevada por el Tribunal de Cuentas y por la Audiencia Nacional, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización constitucional, política y social de Cataluña no contradice el Derecho comunitario, no afecta a los intereses financieros de la Unión ni contradice la Directiva europea en materia de terrorismo. Adicionalmente, el Tribunal de Justicia reconoce que la finalidad de la Ley es reducir las tensiones institucionales y políticas, y facilitar la reconciliación.
Esta es la noticia escueta que no ha podido extrañar a ningún jurista con mínimos conocimientos del Derecho comunitario pues solo desde la mala fe (no desde la ignorancia) se podía sostener que este tipo de ley podía vulnerar el ordenamiento de la Unión Europea. Era un medio de retrasar la aplicación de la Ley orgánica. Si es un tópico repetir aquella expresión del iconoclasta jurista alemán Julius von Kirchmann quien decía que una sola línea del legislador convierte en basura bibliotecas enteras, aquí podemos decir que unas páginas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han corroborado que los recursos eran basura para torpedear la aplicación de la Ley.
Pero la aplicación de la Ley no corresponde solo al Tribunal de Cuentas y a la Audiencia Nacional. Donde está atascada es en el Tribunal Supremo, Sala de lo Penal. Y me temo que seguirá atascada todo el tiempo que puedan los Magistrados que no van a facilitar su aplicación, salvo que la derecha judicial y la derecha política quieran hacer un favor a Junts (ver, como uno de varios ejemplos, José María Brunet: “El perdón no va a ser tan rápido”, El País, 17 de julio de 2026). El Derecho español ofrece suficientes instrumentos procesales para “torear” al Tribunal Europeo, sobre todo si con ello se “torea” al Gobierno. Y además veremos “torear” también al Tribunal Constitucional cuyas sentencias tardarán también en ejecutarse.
El tema, en sentido político, tiene una única vía de salida, que es que Carles Puigdemont se presente en España, con la orden de detención, y que sea detenido y encarcelado. ¿Cuánto tiempo aguantarían estos Jueces con Puigdemont en la cárcel y una sentencia en contra del Tribunal de Luxemburgo? Igual que Santiago Carrillo se legalizó y de facto legalizó al Partido Comunista de España tras su estancia de varios días en Carabanchel, no me cabe duda de que con Puigdemont en la cárcel el Poder Judicial tendría que rendirse y cumplir la Ley. Pero por ahora parece que Puigdemont prefiere la comodidad de Bélgica. Nunca tendrá Puigdemont mejor ocasión de ponerse por encima de Aliança, pero parece que prefiere la tranquilidad del exilio.
SEGUNDA NOTICIA JUDICIAL. LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID MANTIENE LA ACUSACIÓN CONTRA BEGOÑA GÓMEZ Y AUTORIZA QUE SEA JUZGADA POR UN JURADO
Confieso que cada vez que la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado una decisión del instructor Peinado en las causas contra Begoña Gómez me he revuelto contra la noticia, sobre todo cuando esta noticia se presenta como una desautorización del instructor. No hay tal. La Audiencia Provincial de Madrid está confirmando todas las decisiones del Magistrado Peinado, salvo aquellas que son particularmente equivocadas sin aportar nada nuevo al fin ya decidido, que es juzgar a la esposa del Presidente por un jurado. Ese fue en su momento el objetivo político de la acusación popular, acogida con gusto por la derecha judicial y por la derecha política. Porque como ha explicado Tomás de la Quadra-Salcedo (“Independencia e imparcialidad de los jueces”, El País, 18 de julio de 2026), en la causa contra Begoña Gómez lo único procedente era su archivo. Si la Audiencia Provincial de Madrid no ha ordenado archivar una causa delirante, sin delitos reales ni víctimas, es porque se ha situado en el mismo lado que el Magistrado Peinado. Y si esa misma Audiencia Provincial ha revocado algunas de las decisiones del instructor es, precisamente, para que prosiga mejor la causa sin adherencias estrambóticas y humillantes como eran, por ejemplo, las decisiones sobre el pasaporte de la imputada cuya motivación pasará a la historia de la Justicia de España.
Además, en el caso de la revocación parcial de la imputación ordenada por Peinado se dan dos circunstancias importantes. El tono de la redacción (con una inoportuna alusión a Urdangarin) hace pensar a quien lee la resolución que la acusada está ya condenada, sobra el juicio. Y la segunda circunstancia es que, como comentábamos la semana pasada, las acciones erróneas de los Jueces que lesionan derechos a los ciudadanos son gratuitas: ¿Quién y cómo indemnizará a Begoña Gómez por no asistir a Ankara?
Por ende, nada hay que celebrar en el supuesto varapalo al Magistrado Peinado, cuya decisión fundamental de juzgar a unas personas inocentes se mantiene y hasta se depura. Y ya es casualidad que se haya conocido la noticia al mismo tiempo que se conocía la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: la derecha judicial tenía que mostrar quién tiene poder y quién no lo tiene.
TERCERA NOTICIA JUDICIAL. EL EMPRESARIO MARTÍNEZ EMPIEZA A DECLARAR CONTRA EL EXPRESIDENTE RODRÍGUEZ ZAPATERO
Igual que parecía cantado, vistas las anteriores resoluciones, que la Audiencia Provincial de Madrid no iba a archivar las incomprensibles acusaciones contra Begoña Gómez, también parecía cantado, después de la sentencia contra José Luis Ábalos, que en el futuro cualquier “delator” iba a “cantar” verdades y mentiras para responsabilizar de cualquier trama delictiva al que menos se puede defender. Y si además te defiende una abogada tan caracterizada como la antigua Fiscal Márquez, la línea a seguir está cantada. No se trata de no perseguir delitos si hay suficientes indicios, pero sí de que lo que en algunos parece delito en otros no lo ha pensado nadie y han logrado formar gran patrimonio. Otra noticia judicial relevante para la política de este país. Y, sobre todo, que en este país se ha abierto una nueva forma de administrar Justicia: los delincuentes mentirosos pueden mentir ante los tribunales, ser condenados sin quedarse en prisión y salvar el producto del delito (véase José María Brunet: “Colaborar con la justicia exige hacerlo con eficacia”, El País, 22 de julio de 2022). O, como escribe Màrius Carol en La Vanguardia, en España los corruptores han visto que es buen negocio delatar a sus amigos.
CUARTA NOTICIA JUDICIAL. EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DILATA LA DECISIÓN SOBRE LA INVESTIGACIÓN A PEINADO
Para no abrumar a los lectores, repito el titular de El País. ¿Alguien se puede extrañar de que el promotor de la acción disciplinaria recomiende archivar las quejas contra el Magistrado Peinado? ¿No ha establecido la Audiencia Provincial de Madrid que el pasaporte de la señora Gómez había sido retirado incorrectamente? ¿Hemos olvidado cómo trató el Magistrado Peinado al Ministro Bolaños? Pero en el órgano de gobierno del Poder Judicial el Magistrado Peinado está claramente protegido. ¿También por la Presidenta del Consejo?
