Introducción.
Hasta ahora hemos considerado la urgencia de la adaptación ante fenómenos climáticos extremos como son los incendios y las sequías, centrándonos en este artículo en un fenómeno largamente estudiado y conocido en España, como es la generación de inundaciones asociadas a las denominadas “gotas frías” o a procesos de precipitaciones intensas sobre cuencas de gran superficie, como es lo típico en la cuenca del Ebro o, en menor medida, en el Guadalquivir o en el resto de ríos que vierten en el océano atlántico. A ellas, en la actualidad, hay que añadir la frecuencia de fenómenos puntuales extraordinarios de fuerte intensidad, con precipitaciones superiores a los 30 litros por metro cuadrado y hora, que provocan procesos intensos de inundación y arrastre, con fuerte incidencia en ámbitos urbanos, donde la saturación o deterioro en los sistemas de drenaje urbano dificulta una correcta evacuación de las aguas.
Las inundaciones, ya sean de origen pluvial o fluvial, tienen efectos claros, pero diferenciados, en función de dos variables básicas: la altura de la inundación y la velocidad de circulación del agua. Cuando estos valores son significativos, en espacios urbanizados afectan al bienestar y confort ciudadano, al estado y deterioro de las infraestructuras, al espacio público y mobiliario urbano, y al estado y habitabilidad de los edificios; además de incidir sobre las actividades productivas en distinta forma e intensidad según el tipo de fenómeno correspondiente. Sin olvidar que las inundaciones son el fenómeno con mayor mortalidad dentro del capítulo de desastres naturales: 392 fallecidos en el período 1995-2020 (27% del total), seguidas de las altas temperaturas (298 fallecidos; 20% del total) y de los temporales marítimos (277 fallecidos; 19% del total). El resto de desastres naturales se encuentran en cifras mucho menos significativas (vientos e incendios, sobre el 10% del total, y deslizamientos aludes, rayos o terremotos en cifras mucho menos relevantes).
En el medio rural las principales afecciones se centran en la actividad del sector primario y en las infraestructuras (energéticas, de transporte, hidráulicas de contención, distribución y tratamiento, etc.) sin olvidar la propia afección al patrimonio natural, la erosión de las márgenes fluviales, posibles colapsos en el terreno, o potenciales daños sobre los servicios de los ecosistemas; o, más concretamente, por los procesos de contaminación generados por la saturación de los sistemas de saneamiento y depuración urbana.
Las inundaciones y sus efectos han sido objeto de particular preocupación en la UE, fundamentalmente desde que las grandes inundaciones en los principales ríos europeos han causado graves consecuencias en ciudades del centro de Europa. El resultado ha sido el establecimiento de medidas específicas de regulación (Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007 relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación[1]) y de recomendación o procedimiento, desde la propia UE o desde instancias relacionadas con la misma, para los distintos Estados miembros.
En España, el RD 903/2010 de 9 de julio de evaluación y gestión de los riesgos de inundación[2] traspuso la Directiva europea, estableciendo la obligación de realizar una Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) que determine las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), sobre las que, posteriormente habría que realizar los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de inundación (MAPRI) para las hipótesis de alta probabilidad de inundación (10 años de periodo de retorno), media probabilidad de inundación (100 años de periodo de retorno) y baja probabilidad de inundación (500 años de periodo de retorno), en cada una de las cuencas hidrográficas, que servirían para que los Planes de Gestión de los Riesgos de Inundación (PGRI) establecieran las medidas correspondientes.
En España, la relación entre cambio climático e inundaciones es un aspecto de creciente consideración en documentos como las “Orientaciones Estratégicas sobre Agua y Cambio Climático”[3] donde se hace referencia específica a la necesidad de avanzar en la gestión del riesgo de inundación a través de los Planes de Gestión de los Riesgos de Inundación, a los que nos referiremos en el epígrafe siguiente, destacando la importancia de integrar los efectos del cambio climático en la gestión del riesgo, y la necesidad de que se incorporen medidas de adaptación en las cuencas hidrográficas que minimicen los riesgos.
Medidas tanto de retención natural y soluciones basadas en la naturaleza -como las infraestructuras verdes-, como medidas más tradicionales –infraestructuras grises- o las ligadas a la mejora de los sistemas de información hidrológica, conectando las previsiones meteorológicas de la AEMET con modelos numéricos, establecer redes de sensores que permitan la disponibilidad de información en tiempo real, la elaboración de mapas de peligrosidad actualizados, y el establecimiento de sistemas que permitan la trasmisión de alertas a los agentes implicados, fomentando la preparación ante el riesgo de inundación. Aspectos todos ellos fundamentales para el Sistema Nacional de Protección Civil.
La importancia de la adaptación y resiliencia socioeconómica del riesgo de inundación viene asociada con el hecho de que la evolución climática y las transformaciones territoriales hacen que siga creciendo la población estimada potencialmente afectada por el riesgo de inundación (en la actualidad superior a los 3 millones de habitantes), y por el hecho de que la mayor vulnerabilidad de los más de 25.000 km de cauces que se consideran zonas inundables afectan a una superficie significativa de España, sobre la que la planificación territorial y urbana no solo no ha considerado los riesgos correspondientes, sino que, en muchas ocasiones ha incentivado la localización de edificios e infraestructuras en riesgo sobre el mismo, incrementando la escorrentía, la velocidad de circulación del agua y los daños correspondientes. Igualmente, la agricultura bajo plástico y los regadíos intensivos han incrementado la escorrentía y el arrastre de sedimentos por la pérdida de la cubierta vegetal y la artificialización del territorio.
En todo caso, la actuación en las zonas de riesgo de inundación compete a todas las administraciones (Local, Autonómica y General del Estado) en la medida en que afecta a la protección civil, la gestión del dominio público hidráulico, la gestión del dominio público marítimo terrestre (en las inundaciones causadas en las zonas de transición y las debidas a la elevación del nivel del mar), o las citadas ordenación del territorio y planeamiento urbanístico.
Por último, la importante dimensión local de los procesos y de las medidas a adoptar hace que, en particular, consideremos, en el último apartado de este artículo, el “Manual para la adaptación al cambio climático de ciudades y regiones europeas”[4] publicado por el Comité Europeo de las Regiones (CDR), como parte de su campaña ‘El Pacto Verde se hace local’, que incluye un conjunto interactivo de herramientas para la adaptación al cambio climático de cada una de las ciudades y las regiones de cada país de la UE, sin olvidar que una dimensión fundamental adicional a considerar, es incorporar en la evaluación y toma de decisiones sobre las medidas a adoptar, tanto todos los costes de cada actuación, como todos los efectos socioeconómicos de las inundaciones evitados con las mismas.
Consideraciones sobre los Planes de gestión del riesgo de inundación (PGRI) españoles.
No cabe duda que el calentamiento global y su influencia sobre el cambio climático van a agravar el problema asociado a los fenómenos extremos, tanto de inundaciones pluviales, como fluviales asociadas a las crecidas de los ríos, incrementando un riesgo que es máximo en España, respecto a los distintos países de la UE. De hecho, España es la que presenta mayor número de precipitaciones extremas, de alta intensidad y fuerte concentración temporal, siendo las provincias mediterráneas el ámbito donde las precipitaciones horarias o diarias pueden llegar a alcanzar la precipitación media anual del territorio correspondiente, dando lugar a que, en determinadas ramblas, normalmente sin caudal, las avenidas lleguen a alcanzar niveles catastróficos, o a que en cauces normales se multipliquen excepcionalmente por varias veces los caudales medios que llevan los ríos.
Un primer paso establecido por la señalada Directiva 2007/60, sobre la evaluación y gestión de las inundaciones y por el Real Decreto 903/2010 de evaluación y gestión de riesgos de inundación, es el establecimiento de la citada Evaluación preliminar de los riesgos de inundación, cuya primera aproximación se realizó en 2011 y la revisión actualizada se ha visto aprobada el 12 de abril de 2019 para las cuencas intercomunitarias, aprobando las distintas comunidades autónomas las correspondientes a sus cuencas internas entre 2019 y 2021, lo que complementa los procesos de delimitación del Dominio Público Hidráulico y de la Zona de Policía y Servidumbre y de Flujo Preferente[5].
Un segundo paso es la elaboración de los citados Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación (cálculo de la zona inundable) y de riesgo de inundación (usos del suelo en esa zona y principales daños esperados) para cada Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), información sintetizada en el documento “Caracterización de la peligrosidad y riesgo por inundación fluvial en los PGRI de 2º ciclo en las cuencas intercomunitarias (2022-2027)”[6]. Los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de inundación (MAPRI) se realizan para las hipótesis de alta probabilidad de inundación (10 años de periodo de retorno), media probabilidad de inundación (100 años de periodo de retorno) y baja probabilidad de inundación (500 años de periodo de retorno), definiendo la magnitud del riesgo a considerar para establecer medidas encaminadas a su reducción.
Como aproximación a la relevancia territorial del riesgo de inundación y a la fuerte concentración espacial del mismo, cabe considerar el Mapa de indemnizaciones abonadas por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) en el período 2015-2019, recogido en el citado documento.
Una síntesis de los contenidos y procesos de gestión de los PGRI elaborados puede apreciarse en el “Resumen ejecutivo de los PGRI de 2º ciclo (2022-2027) en las cuencas intercomunitarias”[7], del que cabe destacar su apartado 2.3. Efectos del cambio climático e las inundaciones (Págs. 5-6), en el que se estima que “se contempla, por un lado, el impacto del cambio climático en las precipitaciones máximas según el estudio realizado por el CEDEX y por otro, el estudio de los efectos del cambio climático en el fenómeno nival y su aportación a los flujos de caudales, publicados y disponibles en la web del MITECO”. Una de las conclusiones de estos trabajos ha sido que, bajo el Escenario más desfavorable de emisiones de gases de efecto invernadero y calentamiento global (RCP 8.5) y la consideración del período de retorno más amplio (500 años) un 19% de las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI) incrementará de forma altamente significativa dicho riesgo, y que un 29% lo hará de forma significativa, con lo más de un 48% de dichas ARPSI necesitarán medidas complementarias de protección, adaptación y resiliencia socioeconómica.
Ante esta situación, y de una manera genérica, es conveniente señalar que la Tipología de medidas incluidas en los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación en España, son las que se aprecian en la Figura siguiente.
Desde una perspectiva más específica, los Programas desarrollados en los nuevos Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI) referentes a las cuencas intercomunitarias, se centran en:
- Medidas de prevención de inundaciones.
- Ordenación territorial y urbanismo.
- Limitaciones a los usos del suelo en la zona inundable.
- Criterios para considerar el territorio no urbanizable. Criterios constructivos para edificaciones en zona inundable.
- Medidas para adaptar el planeamiento urbanístico.
- Programa de mantenimiento y conservación de cauces
- Mejora del drenaje de infraestructuras lineales: carreteras, ferrocarriles, urbanizaciones.
- Programa de continuidad de sedimentos conforme a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética
- Ordenación territorial y urbanismo.
- Elaboración de Estrategia Nacional de Comunicación frente al riesgo de inundación y adaptación al cambio climático
- Programas de adaptación al riesgo de inundación
- Elaboración de estudios de mejora del conocimiento sobre la gestión del riesgo de inundación. Mejora tecnológica de las redes de información meteorológica, hidrológica y mejora de la coordinación con las autoridades de Protección Civil, con un presupuesto total de 155M€.
- Infraestructuras verdes, restauración fluvial y llanuras de inundación, incluyendo medidas de retención natural de agua y reforestación de riberas, por importe de unos 570M€.
- Medidas estructurales. Diques, motas, presas de laminación, canalizaciones de diversión de flujos o de protección frente a inundaciones, etc. por importe de unos 600M€.
Hay que destacar que, para el cuarto trimestre de este año 2022 está previstas la aprobación de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PRGI), que se espera reduzcan el riesgo para 3 millones de personas, fundamentalmente por el establecimiento de sistemas de alerta, las medidas previstas de protección frente inundaciones y el desarrollo de soluciones basadas en la naturaleza, lo que implicará, hasta el año 2027, una inversión total de 3.600 M€ por parte de las distintas administraciones públicas, de las que el 64% corresponderá a la AGE (2.300 M€), más que duplicando las inversiones correspondientes al primer ciclo de gestión del riesgo de inundación; y con una incidencia particular en la Demarcación del Segura, a la que corresponderá cerca de un tercio de la inversión total.
Con ello, en el año 2027, finalizará el tercer ciclo de la planificación hidrológica y el segundo ciclo de la planificación del riesgo de inundación, iniciándose el ciclo de revisión preceptiva correspondiente al período 2027-2033.
Manual para la adaptación al cambio climático de ciudades y regiones europeas
Como hemos señalado, el riesgo de inundación y sus efectos están indisolublemente ligados a la ordenación territorial y urbanística realizada en un territorio. Y, dado el estado actual del riesgo de inundación en un territorio, y las tendencias sobre el mismo del calentamiento global y cambio climático asociado, son medidas de planificación territorial y urbana las que más directamente pueden incidir en la reducción de ese riesgo a medio y largo plazo; y las que, adicionalmente, presentan una mejor relación coste/beneficio y coste/eficacia, sobre todo si vienen acompañadas, tanto de medidas hidrológicas aguas arriba de los ámbitos urbanizados que establezcan áreas de inundación ante crecidas y unas Áreas de Flujo Preferente acordes con la estimación de la evolución futura de los flujos esperables, como de Actuaciones basadas en la Naturaleza que generen procesos de retención de aguas y sedimentos[8].
Hay que destacar que estas actuaciones, que exigen una coordinación y colaboración estrecha entre las tres administraciones, siguen sin tener el papel adecuado en la política territorial y de adaptación/resiliencia socioeconómica al riesgo de inundaciones. Y destacar que la Administración General del Estado no ha sido capaz de establecer en los PGRI la obligación de que el planeamiento territorial y urbano incorpore, de forma urgente, como zona no urbanizable las zonas inundables de las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), ni de exigir el traslado de las construcciones ilegales (ahora declaradas “fuera de ordenación”) o la obligación de que tanto éstas como las legales situadas en zonas inundables cuenten con pólizas de seguro que cubran los riesgos correspondientes, y, en paralelo, realicen las transformaciones estructurales que minimicen los riesgos correspondientes.
En este marco, hay que señalar que, en España, es creciente el número de ciudades, islas, provincias y comunidades autónomas que enfocan, con mayor o menor detalle, los procesos de adaptación al cambio climático con consideración particular, por su incidencia socioeconómica, de las inundaciones[9], pero sin un proceso metodológico común, aunque los informes del IPCC, y particularmente el relativo a los procesos de adaptación[10], están teniendo una influencia creciente en los planteamientos correspondientes, así como las Guías metodológicas que se van estableciendo con esta finalidad dirigidas al planeamiento urbanístico y territorial, a los técnicos y propietarios de edificios, a las actividades agrícolas y ganaderas, a las instalaciones industriales, a los equipamientos urbanos y edificaciones, y a la valoración de daños. Igualmente, el MITECO va estableciendo Proyectos Piloto para la adaptación al riesgo de inundaciones aplicables a diversos sectores económicos.
Por otra parte, no se puede olvidar que tanto la legislación sobre suelo[11] como lo establecido en la Instrucción del Secretario de Estado de Medio Ambiente para el desarrollo de actuaciones de conservación, protección y recuperación en cauces de dominio público hidráulico en el ámbito territorial de las confederaciones hidrográficas, de 8 de julio de 2020[12], establecen que, para la gestión del riesgo se deben priorizar las medidas preventivas, evitando la ocupación de zonas inundables con estructuras o edificaciones que aumenten la exposición, vulnerabilidad y peligrosidad.
Igualmente, esta Instrucción señala que las obras de protección frente a inundaciones tratarán de aumentar el espacio del cauce y, en ningún caso, agravarán la inundabilidad y el riesgo preexistente aguas arriba y aguas abajo de la actuación, priorizando las actuaciones que, además, ayuden a alcanzar o mantener los objetivos ambientales fijados en la planificación hidrológica, mediante la restauración fluvial y la recuperación de zonas aluviales para mejorar las condiciones de laminación y retención natural del agua. Por último, señala los condicionantes a actuaciones normales, o de emergencia, para la recuperación posteriores a los episodios de inundación, y contempla las condiciones para la intervención de la Administración hidráulica dependiente de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente; y, en particular, cuando incluyan tramos de ríos urbanos, considera requisito indispensable un Convenio que recoja el compromiso de los municipios firmantes para redactar e implantar planes de protección civil de ámbito local frente al riesgo de inundación, que permitan una correcta gestión de los eventuales episodios en coordinación con los planes de protección civil autonómicos y estatales.
En todo caso, por su sistemática y consideración integrada de herramientas y recomendaciones que permitan adaptarse mejor al calentamiento global, minimizar las vulnerabilidades y desarrollar su resiliencia con el fin de reducir los riesgos de desastres naturales y posibles pérdidas y daños, así como por la recopilación de información sobre la ayuda financiera y los instrumentos de asistencia técnica con los que poder buscar e implantar medidas para hacer frente al cambio climático en ciudades, islas, provincias o comunidades autónomas, se recoge a continuación una adaptación al caso español de las principales medidas integradas en el “Manual para la adaptación al cambio climático de ciudades y regiones europeas”[13], anteriormente citado.
El manual especifica cómo prepararse para las tormentas de invierno, cada vez más frecuentes e intensas, o frente a procesos de precipitaciones extremas locales, que derivan en la acumulación de fuertes caudales en ríos (inundaciones fluviales) o en inundaciones más o menos puntuales (inundaciones pluviales) de extensión variable, haciendo referencia tanto a medidas “grises” tradicionales, basadas en la realización de infraestructuras, de amplia implantación en España, como los diques, conducciones o presas de laminación de avenidas, como a medidas “verdes” basadas en la naturaleza, como áreas de inundación o infraestructuras verdes de creciente implantación en la actualidad. En todo caso, hay que destacar que la experiencia global existente muestra que la prevención, adaptación y resiliencia socioeconómica respecto a las inundaciones se optimiza con soluciones híbridas, de combinación de medidas estructurales junto con medidas de gestión, de tipo no estructural, atendiendo a la complementariedad entre las mismas en la reducción del riesgo y de sus efectos.
En síntesis, las medidas incorporadas hacen referencia a:
Medidas naturales de retención de agua. Las medidas naturales de retención de agua son aquellas que tienen como objetivo salvaguardar y mejorar el potencial de almacenamiento de agua del territorio, del suelo y de los acuíferos, mediante la restauración de sus características naturales, de los ecosistemas y de los cursos de agua. Apoyan la infraestructura verde y usan la naturaleza para regular el flujo y transporte de agua, para suavizar picos y moderar eventos extremos, como inundaciones, sequías, desertificación y salinización. Son la mejor opción ambiental para la gestión del riesgo de inundación.
Creación de sistemas de drenaje sostenibles. Los sistemas de drenaje sostenible son una alternativa para reducir las inundaciones, mejorar la calidad del agua, reducir la contaminación y proporcionar hábitats para la vida silvestre, frente a la canalización directa de aguas superficiales a través de redes de tuberías y alcantarillado. Pretenden reducir la impermeabilización del suelo urbanizado/artificializado con pavimentos permeables, e incrementar las superficies verdes (infraestructuras verdes), incluidos humedales artificiales. Es recomendable introducir el drenaje separativo, separando el drenaje de las aguas de lluvia (potencialmente contaminadas) y su tratamiento natural en humedales artificiales, en cisternas, aljibes o tanques de tormenta.
Reducir y abrir superficies selladas. Las superficies selladas e impermeables artificiales pueden tener efectos locales graves con lluvias extremas más frecuentes, tanto por acumulación y velocidad de desplazamiento por alcantarillado y sistemas de desagüe insuficientes. Abriendo las superficies selladas ya existentes y reduciendo su superficie se puede evitar inundaciones en la ciudad y ayudar a absorber el agua.
Restauración y mantenimiento de llanuras aluviales. Las llanuras aluviales cubren el 7% del área continental europea, pero muchas han sido objeto de afección de medidas que han dañado su funcionalidad frente a las inundaciones. El desarrollo de estrategias para preservar estas llanuras aluviales es esencial, ya que las llanuras aluviales restauradas brindan una alternativa a las medidas estructurales para manejar el mayor riesgo de inundaciones, lo que significa que pueden actuar como amortiguadores. Al mismo tiempo, la restauración de llanuras aluviales ayuda a lograr servicios ecosistémicos de mayor calidad, como mejor calidad del agua, mejores condiciones para la conservación de la biodiversidad y mayor valor recreativo.
Restauración y mantenimiento de humedales. Los humedales, en función de su localización, proporcionan defensas naturales contra las inundaciones, tanto fluviales como costeras y contra las marejadas ciclónicas por la disipación de la energía de las olas y la reducción de la erosión, lo que ayuda a estabilizar los sedimentos costeros. En algunos lugares, los humedales se pueden utilizar para absorber las aguas de las inundaciones y marejadas, y pueden contribuir al mantenimiento de hábitats y a la purificación del agua.
Aumentar y revitalizar las áreas verdes urbanas. Los espacios verdes en las ciudades mitigan los efectos de la contaminación, reducen el efecto isla de calor urbano y facilitan la gestión del agua, a la vez que promueven la biodiversidad.
Techos verdes o eco-techos. Un techo verde es una capa de vegetación plantada sobre un sistema de impermeabilización que se instala encima de un techo plano o ligeramente inclinado. Ayudan a controlar la escorrentía y retención de aguas pluviales, absorbiendo el exceso de agua, a la vez que reducen el calor urbano, mejoran la calidad del aire y aíslan los edificios, mejorando su eficiencia energética.
Diques, motas y embalses. Destaca la necesidad de su mantenimiento y fortalecimiento regulares para conservar su capacidad de protección y cumplir con los requisitos de seguridad, aspectos de particular importancia ante la existencia de procesos pluviométricos extremos y la antigüedad de algunas de las presas y diques existentes en España.
Ensanchar cunetas/zanjas al borde de la carretera y permeabilizar su trazado frente a las inundaciones. Uno de los propósitos de una zanja de drenaje en la calzada es evitar acumulaciones peligrosas de agua de lluvia en la superficie de la calzada, permitiendo que el agua se aleje completamente de la misma, e interceptando el agua que fluye hacia la calzada desde el terreno adyacente, que, en todo caso, debe poder atravesar la infraestructura a través de los sifones y canales que eviten su acumulación e incidencia sobre la misma.
Medidas de autoprotección realizadas en calles, edificios, garajes o sótanos, que tienen por misión aminorar los efectos adversos de la subida del nivel de las aguas, evitando con medidas de bajo coste, el incremento de los daños en el patrimonio urbano.
Promoción de seguros. Para los habitantes de áreas en riesgo de inundación, el seguro es crucial para fomentar la estabilidad económica y social. A este respecto hay que señalar que del orden del 75% de las viviendas en España tienen contratado un seguro de hogar, aunque con grandes diferencias entre comunidades autónomas, desde más del 90% en el País Vasco, hasta menos del 50% en Canarias, aunque las catástrofes producidas desde 1983 e incrementadas en los últimos años, están siendo un acicate para el incremento de los seguros con incorporación de las garantías opcionales por fenómenos atmosféricos.
Campañas de sensibilización para el cambio de comportamiento. La conciencia pública es importante para aumentar la resiliencia socioeconómica y la acción para la adaptación. Las campañas de concienciación deben dirigirse a las personas afectadas por los riesgos y requieren estrategias de comunicación efectiva para alcanzar el resultado deseado. El objetivo debe ser informar a la audiencia objetivo, crear una imagen positiva y cambiar comportamientos frente al riesgo. En España, la Estrategia Nacional de Comunicación frente al riesgo de inundación y adaptación al cambio climático pretende mejorar la conciencia pública en la preparación ante las inundaciones, el incremento de la percepción del riesgo y la adopción de estrategias de autoprotección.
Sistemas de alerta temprana y evaluaciones de vulnerabilidad. Los sistemas de alerta temprana y las evaluaciones de vulnerabilidad son elementos clave de la adaptación al cambio climático y la reducción del riesgo y daños asociados a los desastres. Los sistemas de alerta incluyen la detección, el análisis, la predicción y la difusión de alertas, seguidas de la toma de decisiones y la implementación de la respuesta. Deben incluir cuatro elementos que interactúan entre sí: conocimiento del riesgo; servicios de vigilancia y alerta; difusión y comunicación; y capacidad de respuesta. La UE dispone de un esquema global de servicios utilizables para predecir inundaciones (Sistema Europeo de Alerta de Inundaciones -EFAS) o para evaluar la vulnerabilidad a las altas temperaturas, pronosticando olas de calor en línea (EuroHEAT), combatir los incendios forestales (Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales -EFFIS); evaluar la disminución de las precipitaciones de verano y las sequías (Observatorio Europeo de la Sequía -EDO), evaluar la cobertura de hielo derretido y la reducción del permafrost (PermaNET), evaluar deslizamientos de tierra y desprendimientos de rocas, evaluar y mapear la erosión futura; o combatir enfermedades (Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades –ECDC- y Red Europea de Aeroalérgenos -EAN).
En España hay que señalar que la gestión de la emergencia por inundación corresponde a las autoridades de Protección Civil, que, partiendo entre otros datos, de la información de la red de observación meteorológica y de la red de información hidrológica, establecen los distintos niveles de alerta de acuerdo con los umbrales y los protocolos de comunicación previamente establecidos. Ya está activado el Sistema de Avisos a la Población ante emergencias o catástrofes, de la Dirección General de Protección Civil del Ministerio del Interior, desde junio de 2022[14], que forma parte de la Red de Alerta Nacional RAN-PWS, habilitando el envío generalizado e inmediato de alertas, a través del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM) de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, mediante un mensaje de texto a las personas (con un SMS a los teléfonos móviles) que se encuentren en zonas afectadas por emergencias o catástrofes inminentes o en curso para lograr una respuesta más rápida. Igualmente, la Red de Alerta Nacional (RAN) constituye el sistema de comunicación de avisos de emergencia a las autoridades competentes en materia de protección civil y en particular, en lo que se refiere a las inundaciones, de las alertas meteorológicas e hidrológicas, a fin de que los servicios públicos esenciales y los ciudadanos estén informados ante cualquier amenaza de emergencia.
Por último, dos consideraciones finales. Es indudable la mejora registrada en España respecto a la prevención, gestión y respuesta ante los riesgos de inundación, pero, no obstante, quedan pendientes dos grandes grupos de acciones no adecuadamente resueltas. La primera, la integración del riesgo en la planificación territorial y urbana asegurando un freno radical a la ocupación y urbanización de las áreas de riesgo con periodo de retorno inferior a los 100 años en el Escenario más desfavorables de cambio climático, y el diseño de estas áreas para usos ligados a la disminución del área de inundación y sus efectos. Y, la segunda, la solución para espacios de alto riesgo ya ocupados, que requieren actuaciones específicas, que en algunos casos pueden suponer el traslado de viviendas y de equipamientos de especial vulnerabilidad social, como colegios, centros sanitarios, residencias de mayores y de grupos poblacionales desfavorecidos (ahora declaradas “fuera de ordenación”), o la obligación de que tanto las viviendas ilegales como las legales situadas en dichas zonas inundables cuenten con pólizas de seguro que cubran los riesgos correspondientes, y realicen las transformaciones estructurales que minimicen los riesgos correspondientes.
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[1] https://www.miteco.gob.es/es/agua/legislacion/directiva2007_60_ce_inundaciones_tcm30-215329.pdf
[2] https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-11184
[3] https://adaptecca.es/sites/default/files/documentos/eate_tcm30-543050.pdf
[4] https://cor.europa.eu/en/engage/brochures/Documents/Green%20deal%20handbook/20220712_Handbook_Adaptation%20String_SPAIN.pdf
[5] La Zona de flujo preferente es aquella zona constituida por la unión de la zona o zonas donde se concentra preferentemente el flujo durante las avenidas, o vía de intenso desagüe, y de la zona donde, para la avenida de 100 años de periodo de retorno, se puedan producir graves daños sobre las personas y los bienes, quedando delimitado su límite exterior mediante la envolvente de ambas zonas.
[6] https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/gestion-de-los-riesgos-de-inundacion/mejoras-estimacion-riesgo-2-ciclo-def-formato-2021_tcm30-527811.pdf
[7] https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/gestion-de-los-riesgos-de-inundacion/nota-contenido-pgris-segundo-ciclo-sgpagr-cambios_tcm30-528533.pdf
[8] Las denominadas NWRM: www.nwrm.eu
[9] Una aproximación a esta situación puede obtenerse en https://adaptecca.es/administracion-local/administracion-local donde se incluyen diversos Manuales y Guías Metodológicas para la adaptación al cambio climático.
[10] https://www.ipcc.ch/report/sixth-assessment-report-working-group-ii/
[11] Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Suelo. https://www.boe.es/buscar/legislacion.php?campo%5B2%5D=tit&dato%5B2%5D=Real%20Decreto%20Legislativo%202/2008,%20de%2020%20de%20junio%20por%20el%20que%20se%20aprueba%20el%20Texto%20refundido%20de%20la%20Ley%20del%20Suelo.&accion=Buscar&checkbox_solo_tit=S&sort_field%5B0%5D=PESO&sort_order%5B0%5D=desc
[12] Desarrolla lo señalado en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de los riesgos de inundación,https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/gestion-de-los-riesgos-de-inundacion/instruccion-obras-conservacion-proteccion-recuperacion-cauces-sema_tcm30-510454.pdf
[13] https://cor.europa.eu/en/engage/brochures/Documents/Green%20deal%20handbook/20220712_Handbook_Adaptation%20String_SPAIN.pdf
[14] Medida incluida en el Plan para la Conectividad y las Infraestructuras Digitales, incorporada en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Español (PRTRE), financiada con cargo a los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del NextGenerationEU.