Autor: Javier Tajadura Tejada

INHABILITADO

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a Artur Mas a dos años de inhabilitación por desobediencia al haber seguido adelante con la consulta independentista del 9N a pesar de que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional.

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DIECIOCHO MESES

EL BOE del 12 de enero publicó el Real Decreto de cese de Artur Mas como Presidente de la Generalitat, así como el de nombramiento del nuevo Presidente, Carles Puigdemont.

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EL JUEZ LÓPEZ Y EL CASO GÜRTEL

La Audiencia Nacional juzgará próximamente a los presuntos cabecillas de la trama corrupta conocida como Gürtel, Francisco Correa y Pablo Crespo, junto con tres extesoreros del PP, Luis Bárcenas, Álvaro Lapuerta y Ángel Sanchís, y una treintena de acusados más.

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EL JUEZ RUZ, LOS PAPELES DE BÁRCENAS, Y LA AGENCIA TRIBUTARIA

El Juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, ha puesto fin a la instrucción del sumario relativo a los papeles de Bárcenas. En un extenso y bien fundamentado Auto, considera acreditado que el Partido Popular dispuso durante 18 años (de 1990 a 2008) de una caja b que utilizó para financiar campañas electorales, pagar sobresueldos a sus dirigentes y realizar obras en sus sedes. El juez afirma que “existen sólidos y fundados indicios” de que el Partido Popular se financió durante todo ese tiempo mediante “diversas fuentes de financiación ajenas al circuito económico legal”. Ahora bien, el juez limita las responsabilidades penales derivadas de esos hechos a seis personas: los extesoreros Bárcenas y Lapuerta, el exgerente Paez –a los que imputa la comisión de delitos contra la Hacienda Pública- y tres personas del estudio de arquitectura que realizó las obras en la sede central del Partido en la Calle Génova de Madrid, y cobró por ello más de un millón y medio de euros en dinero negro.

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POPULISMO PENAL

El Código Penal es una de las leyes más importantes que puede aprobar un Parlamento democrático. Es el Código que – con los únicos límites que se derivan de su necesaria subordinación a la Constitución-determina el alcance del “ius tajadura300115puniendi” del Estado, al tipificar las conductas consideradas delictivas y fijar las penas correspondientes. Por su relevancia política y social, su aprobación debería suscitar el mayor consenso político. Lamentablemente no es eso lo que ocurrió en el Pleno del Congreso del pasado 21 de enero. Ese día, la mayor reforma del Código Penal desde 2010 salió adelante (falta únicamente ser aprobada en el Senado) con los únicos votos a favor del PP (y UPN). El resto de fuerzas políticas mostró su rechazo radical al proyecto de ley. La situación no es nueva. En 2010, la anterior reforma salió adelante a pesar del contundente rechazo de todos los diputados del PP que, entonces, estaba en minoría. La falta de voluntad política para alumbrar un consenso sobre el Código Penal es expresión del elevado grado de sectarismo que padece la política española. Un país no puede someter materias tan sensibles como esta, o la legislación educativa por citar otro ejemplo significativo, a reformas y contrareformas sin fin. Sobre estas materias es preciso alcanzar pactos que garanticen una cierta continuidad de las leyes penales, educativas y otras.

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EL CESE ENCUBIERTO DEL JUEZ RUZ

Los excelentes trabajos de Javier García Fernández publicados en esta página exponen con meridiana claridad y evidente acierto la necesidad de poner al día la Constitución de 1978. Frente a los que desde el nihilismo irresponsable y demagógico aspiran a destruir la democracia constitucional alumbrada en la Transición política, se realizan propuestas sensatas para perfeccionar el Texto Fundamental, esto es, para renovar, mejorándolas, las bases institucionales y políticas del proyecto de convivencia colectiva en libertad y democracia, en que la Constitución consiste.

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EUROPA ANTE LOS DESAFÍOS SECESIONISTAS

Durante los días previos al referéndum sobre la independencia de Escocia del Reino Unido, el mundo contuvo la respiración. Los efectos y las consecuencias del referéndum del pasado 18 de septiembre transcendieron las fronteras del Reino Unido y repercutieron sobre la estabilidad económica y política de toda Europa. El contundente triunfo del no (11 puntos de diferencia) ha supuesto un alivio considerable. Desde Washington hasta Berlín, pasando por Bruselas, el fracaso del independentismo ha sido recibido con júbilo en todas las cancillerías.

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EL DEBATE SOBRE LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS A CATALUÑA EN EL CONTEXTO DE LA ACTUAL CRISIS TERRITORIAL

El Congreso de los Diputados debatió el 8 de abril la proposición de ley presentada por el Parlamento de Cataluña relativa a la transferencia a esa Comunidad Autónoma de la competencia estatal para autorizar referendos (artículo 149.1.32 Constitución española). La delegación de esa competencia de titularidad estatal se solicita al amparo del artículo 150. 2 de la Constitución: “El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación”.

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EL INDULTO EN EL ESTADO DE DERECHO

Durante los últimos meses, el Gobierno -a instancia del Ministro de Justicia, Ruiz Gallardón-, ha concedido una serie de indultos que han suscitado no sólo una lógica y comprensible polémica, sino también una gran alarma social. Se trata de decisiones que rozan la arbitrariedad, suponen una burla a la Justicia, y un ataque a la división de poderes. El Gobierno se escuda en que el derecho de gracia está previsto en la Constitución, y así es, pero no puede ser interpretado de forma aislada y con independencia del resto de principios y valores constitucionales.

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