A pesar de la campaña electoral y de las tensiones que puede provocar entre las formaciones políticas que conviven en el Consejo de Ministros, el Gobierno sigue aprobando normativas cada martes, sabedores de que difícilmente pueden permear la barrera informativa de la campaña. Ahí están haciendo su trabajo, coherentes con las responsabilidades que asumieron en su día en cada ministerio.
Conociendo que los ERTE son un elemento importante para amortiguar la destrucción de empleo, mediante el Real Decreto 608/2023 del pasado 11 de julio se diseña el procedimiento por el que las empresas pueden aplicar las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos, así como las gestiones de las autoridades competentes y las garantías en materia de seguridad social.
Esa misma normativa introduce una reforma del Real Decreto 1483/2012 según la cual las empresas que pretendan el cierre de uno o varios centros de trabajo y el despido de cincuenta o más trabajadores, deberán notificarlo a la autoridad competente del territorio y a la Dirección General de Trabajo del ministerio con seis meses de antelación. Además, dichas empresas remitirán copia de la notificación a los sindicatos más representativos, tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma. Es decir, que el incumplimiento de estos plazos o del procedimiento señalado puede suponer materia de sanción y hasta de nulidad.
Es importante esta disposición y, frente a los agoreros que plantean su incompatibilidad con directivas europeas, es perfectamente compatible con ellas, como con nuestra Constitución, pues el interés público por el mantenimiento y la permanencia del empleo están perfectamente reflejados en ella.
En plena campaña electoral, repleta de noticias falsas, argumentos simplones y batallas ideológicas tribales, hablar de la regulación del trabajo y hasta del mismo concepto del trabajo en el mundo que vivimos supone hablar del modelo de sociedad que queremos, de una existencia social digna que afecta a la mayoría de la población. Sin debate ni discusiones serenas no conocemos, casi nada, de las aportaciones de los aspirantes a formar gobierno en estas cuestiones. La incoherencia del candidato popular que dice aceptar la reforma laboral que en su día rechazó y hoy la mantiene recurrida en el Constitucional solo puede producir vértigo.
Por otro, lado en el Real Decreto 5/2023, conocido como Ley Omnibus, publicada en el BOE del 29 de junio, aparecen una serie de medidas que afectan al marco de las relaciones laborales. Además de recoger “medidas que refuerzan el derecho a la conciliación y a la protección de las personas trabajadoras”, con un nuevo permiso parental para el cuidado de hijos o menores acogidos, permisos retribuidos de cinco días en caso de accidente o enfermedad grave, de cuatro días en caso de fuerza mayor, se amplía el derecho a la adaptación de fórmulas para el cuidado de personas con discapacidad y se establecen garantías para que los usuarios de estos derechos no sufran ningún perjuicio por el simple hecho de acogerse a ellas.
Al mismo tiempo, se modifica el Artículo 42 apartado C. del Estatuto de los Trabajadores en el aspecto relativo a la discriminación, por el cual se garantiza que mujeres y hombres puedan disfrutar de una protección del máximo nivel cuando ejerzan estos permisos, con independencia de lo que señalen las normas o convenios colectivos. A esto se añade la modificación del Artículo 53.4 y 55.5 del Estatuto de los Trabajadores sobre las causas de nulidad de despido objetivo y disciplinario, las derivadas del disfrute de los permisos de conciliación.
Muchas de estas modificaciones recogen la trasposición de la Directiva de la UE 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 sobre conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, que España venía incumpliendo los plazos para hacer la transposición de la mencionada Directiva.
La reacción de la CEOE criticando tanto el contenido como el método, por no haberles consultado, tiene poca transcendencia, estábamos fuera de plazo, los requerimientos de la UE eran constantes y su dilación nos llevaría más lejos de lo deseado, y una muy segura sanción.